Ciudadanía española: hasta cuándo hay tiempo para presentar la documentación por la Ley de Nietos
La embajada extendió el plazo para presentar la documentación; los requisitos y cómo realizar el trámite
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La embajada española extendió el plazo para presentar la documentación hasta el 22 de octubre para la Ley de Nietos. Esta medida responde a las más de 553.000 solicitudes recibidas hasta el momento. El anuncio se realizó a través de un cartel en la puerta del Consulado de España, en Recoleta.
¿Hasta cuándo tengo tiempo para presentar la documentación?
El plazo final para presentar la documentación y acceder a la ciudadanía española a través de la Ley de Nietos es el 22 de octubre. Esta prórroga permite a quienes ya cuenten con un IDU (número de identificación de trámite) asegurarse un turno para entregar la documentación necesaria.

¿Qué ocurre si ya presenté mi solicitud?
El Consulado General de España publico un mensaje para aquellos que ya iniciaron el trámite, donde reconocieron que “los plazos para la resolución de los expedientes son extremadamente largos debido al ingente número de solicitudes recibidas”. Sin embargo, aseguraron que todos los expedientes recibidos y aún no resueltos están “debidamente archivados, ordenados y custodiados” y que se tramitarán “por riguroso orden de fecha de presentación”.
“El Consulado General se pondrá en contacto con los interesados, en el correo electrónico que hayan registrado, cuando su expediente empiece a ser revisado para comunicarles si existe documentación faltante”, explicaron desde el organismo. El contacto se realizará cuando el expediente comience a ser revisado, para informar si falta documentación. También se informará la resolución positiva del trámite cuando corresponda. Es fundamental informar cualquier cambio de correo electrónico y verificar la bandeja de correo no deseado para no perder ninguna comunicación importante.
¿Quiénes pueden obtener la ciudadanía española?
La Ley 20/2022 del 19 de octubre, de Memoria Democrática, establece la posibilidad de adquirir la nacionalidad española para:
- Nietos de abuelo/a originariamente españoles, sin importar si conservaron o no la nacionalidad española.
- Hijos, mayores y menores de edad, de quienes accedan a la ciudadanía por esta ley y la ley 52/2007 (bisnietos).
- Bisnietos de padres fallecidos. Si los padres (de los nietos de ascendente español) fallecieron y no pudieron optar por ninguna ley anterior o actual, pueden acceder siempre que el bisabuelo sea varón y no haya renunciado a la nacionalidad española. Los hijos de estos bisnietos también pueden acceder a la ciudadanía.

Las solicitudes de los argentinos
Según estimaciones de la embajada española, alrededor de 1.500.000 argentinos podrían solicitar la ciudadanía española a través de esta vía y de agregar a sus hijos, la cifra podría ascender a 1.750.000. De concretarse todos los trámites, Buenos Aires podría convertirse en la tercera ciudad del mundo con mayor cantidad de ciudadanos españoles, superada únicamente por Madrid y Barcelona.
El consulado de Buenos Aires lidera la recepción de solicitudes en toda América Latina, con 158.706 expedientes presentados. Le siguen los consulados de Rosario (55.992), Córdoba (34.014), Mendoza (22.414) y Bahía Blanca (11.240). Según datos oficiales analizados por el diario El País, Córdoba y Buenos Aires son las sedes con mayor retraso en la inscripción de las solicitudes.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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