El proyecto del Gobierno introduce cambios en vacaciones, indemnizaciones, jornadas y descuentos salariales, con impacto sobre los empleados
4 minutos de lectura'

La reforma laboral impulsada por el Gobierno -que obtuvo dictamen en las comisiones de Trabajo y de Presupuesto y Hacienda en el Senado, pero recién se tratará en el recinto en febrero- contiene cambios que alcanzan aspectos centrales del empleo formal: desde cómo se toman las vacaciones y se organizan las horas de trabajo, hasta qué sucede ante un despido y qué conceptos siguen vigentes cuando vence un convenio colectivo.
Un informe de LN+ explicó que, si bien la iniciativa no elimina derechos básicos, sí redefine su alcance e introduce esquemas optativos. En la práctica, el impacto dependerá del sector, del convenio y de los acuerdos que se firmen entre empleadores, sindicatos y trabajadores.

Vacaciones: menos fragmentación y una garantía en verano
La reforma establece que los períodos fraccionados de vacaciones no podrán ser menores a siete días corridos. Además, suma una nueva protección: si el empleador asigna las vacaciones de manera individual, deberá garantizar al menos una vez cada tres años el descanso durante el verano.
Esto busca ordenar la distribución del descanso anual y evitar esquemas excesivamente fragmentados que dificulten la recuperación física y mental.
Banco de horas: cambios en la jornada, pero con acuerdo
La creación del banco de horas impacta directamente en la organización del tiempo de trabajo. El sistema será voluntario y podrá pactarse de forma individual o colectiva. Permitirá compensar jornadas más largas con otras más cortas, sin pagar horas extra, siempre que se respeten:
- 12 horas mínimas de descanso entre jornadas
- 35 horas de descanso semanal
Se trata de una medida que implica mayor flexibilidad, pero también la necesidad de prestar atención a cómo se acuerdan esas compensaciones.
Indemnizaciones: nuevos esquemas posibles
La reforma no elimina la indemnización, pero habilita a que el esquema tradicional conviva o sea reemplazado por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados con aportes mensuales del empleador.
El cálculo de la indemnización seguirá considerando:
- Salario básico
- Sumas habituales
- Antigüedad
Sin embargo, excluirá pagos extraordinarios o gratificaciones no habituales, lo que puede modificar el monto final para trabajadores con ingresos variables.
Despidos sin causa: qué cambia y qué no
- Un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año
La novedad es que, si la Justicia declara inválido un despido, el trabajador podrá elegir entre reincorporarse a su puesto o cobrar la indemnización, ampliando las opciones frente a un conflicto judicial.

Ultraactividad y salario: qué puede dejar de cobrarse
Uno de los cambios más sensibles es la limitación del principio de ultraactividad, que hoy mantiene vigentes los beneficios de un convenio aun cuando vence. La reforma propone que no se prorrogue automáticamente para componentes transitorios o variables del salario, como:
- Bonos
- Premios
- Incentivos
Para los trabajadores, esto implica que ciertos adicionales podrían dejar de cobrarse si no se renegocian.
Descuentos y aportes: consentimiento obligatorio
El proyecto establece que toda retención sobre el sueldo requerirá el consentimiento expreso del trabajador. Esto alcanza, por ejemplo, a los aportes solidarios, y modifica la lógica actual de descuentos automáticos.
Conflictos en servicios esenciales
En sectores considerados estratégicos, la reforma fija servicios mínimos obligatorios ante conflictos:
- 75% en áreas críticas
- 50% en ramas estratégicas, como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital
La decisión impacta en la modalidad y alcance de las medidas de fuerza.
Preguntas clave para entender la reforma
- ¿Qué es la ultraactividad?
Es el principio por el cual, vencido un convenio colectivo, sus condiciones siguen vigentes automáticamente. El proyecto propone que no se aplique a componentes transitorios y variables del salario, como bonos, premios o incentivos.
- ¿Qué es el banco de horas?
Es un sistema que se puede acordar entre el trabajador y el empleador (o con el sindicato) para compensar las horas extras. En lugar de cobrarlas con un recargo, esas horas se guardan en una cuenta “banco”.
- ¿Qué pasa con los aportes solidarios?
La reforma establece que toda retención salarial deberá contar con el consentimiento expreso del trabajador.
- ¿Qué es el fondo de despidos?
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), integrados por aportes obligatorios del empleador. Su finalidad es cubrir obligaciones vinculadas al despido, como el preaviso y la indemnización.
1“Se nos pasó el fuego”: El crudo relato de una familia que no logró salvar a su ganado en Villa Lago Rivadavia
- 2
Qué son las cadenas miofasciales: los ejercicios que revolucionaron la forma de practicar pilates
3Cumplió un mes la prohibición de redes sociales para menores de 16, cómo impactó en los adolescentes: “Recuperar la infancia”
4Salud: ¿el ayuno intermitente cumple con las expectativas?






