Córdoba: hace 40 años se produjo el mayor contagio de HIV por diálisis
CORDOBA.- En coincidencia con el inicio del juicio oral en la Ciudad de Buenos Aires a tres directivos de la Fundación de la Hemofilia por el contagio masivo de pacientes de VIH y hepatitis C entre 1979 y 1991 se cumplen 40 años de que en Córdoba 33 de 34 pacientes que se hemodializaban en una clínica privada se contagiaran de HIV porque no se respetaron los procedimientos de uso del material descartable utilizado. Está considerado el mayor contagio por estas razones en el mundo.
Los médicos acusados no recibieron condena penal y el Gobierno provincial pagó la demanda civil porque ellos se declararon insolventes. Todos los pacientes murieron y sus familiares empezaron a cobrar la indemnización recién en 2002.
Los contagiados se enteraron que podían ser ellos cuando un trascendido fue publicado en los medios; daba cuenta de que "en una clínica del barrio Nueva Córdoba" había problemas. El caso se hizo público en 1990 y los contagios se produjeron -según determinó la Justicia- entre ese año 1989. La mayoría era gente mayor, que era tratada en el Hospital Nacional de Clínicas por diversos inconvenientes renales y derivados a la Nueva Córdoba (así se llamaba la institución) para dializarse.
"Nadie les decía nada en la clínica -recuerda ante LA NACION Claudio Orosz, quien fue abogado de varios pacientes-, cuando se publica el rumor empiezan a indagar. Incluso después, en medio del juicio, salían del proceso y junto con los imputados iban a dializarse al mismo lugar porque nadie los quería recibir. Sólo una clínica, meses después, aceptó seguir atendiéndolos. Un absurdo porque cuando los procedimientos se hacen bien, no hay riesgos".
Permisos
Orosz repasa que, en ese momento, los institutos de diálisis tenían permitido por ley reutilizar el filtro hasta que tuviera 80% de su capacidad de filtración; en cambio no podían reusar las guías. En la clínica cordobesa las guías con las fístulas se lavaban en un piletón primero con agua y después con iodopovidona (un desinfectante). Las guías no estaban identificadas. "Acusábamos de contaminación culposa porque nunca creímos que fuera intencional. La Cámara absolvió a los médicos porque entendió que no se pudo establecer fehacientemente el momento y medio de contagio", agrega.
Uno de los contagiados con perfil más alto en la lucha fue Carlos (nombre de fantasía). Tenía 29 años cuando se dializaba en la clínica. Era vendedor ambulante. hasta que sus defensas bajaron tanto que en 1997 debió empezar lo que en ese momento era un cóctel de varias drogas. Mientras vivió (murió en 1999) recordó el día -5 de marzo de 1990- en que la Justicia "no fue justa". En ese entonces ya habían fallecido 29 de los 33 pacientes.
Después de contraer el virus pasó años como seropositivo sin manifestación de la enfermedad, hasta que le bajaron las defensas
Carlos se casó con su pareja cuando ya estaba contagiado y siempre le reconoció la "valentía" de haber seguido adelante. Ella lo acompañó en su lucha. Cuando, finalmente, ella cobró la indemnización el dinero quedó atrapado en el corralito impuesto en la crisis de 2001.
El 5 de marzo de 1995 la Cámara Quinta del Crimen de Córdoba absolvió penalmente "por el beneficio de la duda" por dos votos a uno a los siete procesados por el delito de propagación culposa de enfermedad peligrosa, pero hizo lugar a la demanda civil para el pago de indemnizaciones que debían afrontar los médicos directivos (Miguel Angel Villalonga, José Cesarín y Miguel Corteletti) y los propietarios (Antonio Mitre y Aníbal Córdoba). Era alrededor de $1 millón para todos.
Los responsables adujeron insolvencia; los centros médicos involucrados habían sido disueltos (eran la clínica y un instituto de diálesis que constituyeron poco antes de que trascendiera el contagio). Al Estado provincial, se lo declaró culpable por no haber realizado los controles de bioseguridad. Interpuso un recurso y el Tribunal Superior cordobés anuló la sentencia. Los familiares de la víctimas llegaron a la Corte Suprema de Justicia .
En el 2000, la máxima instancia anuló la sentencia del tribunal provincial por haber prescindido de las normas establecidas en la Ley Nacional de Hemodiálisis: "Ni siquiera se las menciona". Estableció que el accionar culposo era por una sumatoria de irregularidades, de acciones negligentes o imprudentes y confirmó la condena civil a los directivos y a la Provincia. Ninguno de los contagiados estaba vivo.
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