Le sacaron la tobillera a Agostina Páez, la argentina acusada de racismo en Brasil
La medida se conoce un día después de que la Justicia le concediera un habeas corpus, resolución que le permitió recuperar el pasaporte y quedar habilitada para regresar al país
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La Justicia de Río de Janeiro ordenó este martes retirar la tobillera electrónica de Agostina Páez, la abogada argentina acusada de racismo en Brasil. La medida se conoció un día después de que un tribunal le concediera un habeas corpus, resolución que además le permitió recuperar el pasaporte y quedar habilitada para regresar al país.
Según la decisión a la que accedió LA NACION, para que se concrete el levantamiento de las medidas cautelares Páez -de 29 años- deberá cumplir con dos requisitos: pagar una caución equivalente a 60 salarios mínimos nacionales —cerca de US$20.000— y declarar un domicilio actualizado en la Argentina.
Las pretensiones iniciales de la justicia carioca para permitir que la letrada santiagueña esperara la sentencia en su casa rondaban los US$150.000, pero la Cámara concedió una reducción drástica.

Ese monto servirá como garantía para el pago de una eventual pena de multa y la reparación de daños a las víctimas, un requisito que contó con la aprobación del Ministerio Público para destrabar el regreso de Páez.
El hecho por el que la abogada es juzgada ocurrió el 14 de enero, a la salida de un bar en Ipanema, cuando la joven realizó gestos racistas que imitaban a un mono dirigidos a los empleados del establecimiento.
Páez permanece desde hace más de dos meses en el país vecino. Tras la denuncia y hasta el día de la fecha, pesaba sobre ella una prohibición para salir de Brasil. Era además monitoreada con tobillera electrónica.
La semana pasada, y tras un cambio en su defensa, la joven pidió disculpas públicamente: “He tenido una reacción equivocada dejándome llevar por el enojo y estoy pagando las consecuencias de eso”, expresó.
Durante la primera audiencia, la fiscalía brasileña redujo el pedido de condena de tres delitos a uno, con una pena mínima que podría compensarse con servicios comunitarios y el pago de un resarcimiento a la víctima, según explicó Carla Junqueira, abogada de la acusada, a la salida de la audiencia que tuvo lugar el miércoles.
Aquella misma jornada, había obtenido el visto bueno para regresar al país, decisión que el juez Guilherme Schilling Pollo Duarte revocó un día después. En un giro que cayó como un balde de agua fría para su entorno, Pollo había dispuesto además que se mantuvieran todas las medidas cautelares y el monitoreo electrónico.
En diálogo con LN+, la abogada argentina se había mostrado compungida por la situación: “Estoy desesperada, desbordada, sufriendo un montón, no sé qué tanto más voy a sufrir aquí. Cada vez menos esperanza”. En respuesta al revés judicial, Junqueira presentó entonces un habeas corpus, al que se le dio lugar el lunes.
El fallo, firmado por el camarista Luciano Silva Barreto, de la Octava Cámara Criminal del Tribunal de Justicia de Río de Janeiro, revirtió la postura del magistrado de primera instancia, el juez Pollo Duarte.
Para el magistrado, la permanencia forzosa de Páez en Brasil, una vez finalizada la etapa de recolección de pruebas, carecía de fundamento procesal y se transformaba en un “constrangimento ilegal flagrante”.
Este concepto describe una coacción o restricción a la libertad que pierde sustento jurídico al no haber más pruebas que recolectar, convirtiéndose así en una pena anticipada prohibida por la ley.
“Cada día que permanece en Brasil contra su voluntad (...) representa una violación continua y progresiva de su derecho de ir y venir”, justificó, en un fallo con duras críticas al juez de primera instancia.
En ese sentido, ahondó Silva Barreto, retener a la joven en Río de Janeiro carecía de cualquier “utilidad procesal” y se había convertido en un “fin en sí mismo”. El magistrado advirtió que mantener medidas cautelares tan pesadas sin un motivo real para la instrucción criminal, transformaba la restricción de la libertad en un castigo anticipado, algo prohibido por la naturaleza cautelar de la ley penal.
Además, destacó la desproporcionalidad de mantener a una ciudadana extranjera, abogada de profesión y sin antecedentes penales, “indefinidamente en Brasil, lejos de su residencia, familia y trabajo”.
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