
Reparten entre dos viudas una pensión
Sorpresa: una mujer reclamó a la Anses por el subsidio de su difunto marido y se enteró de que había tenido otra esposa.
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CORDOBA.- La circunstancial demanda de una mujer contra la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) por la reducción de la pensión que cobraba tras la muerte de su marido, hace 12 años, dejó al descubierto un insólito caso de bigamia en esta provincia.
Inesperadamente, al tomar intervención la justicia federal para atender el reclamo de la viuda, se constató la existencia de otra esposa del difunto que también había hecho valer sus derechos conyugales para obtener la mitad del subsidio.
La denunciante recurrió al Juzgado Federal Nº 3, a cargo de Cristina Garzón de Lascano, para reclamar que la Anses le restituyera su pensión original de 195 pesos, que le había sido reducida, sin explicaciones, a 76,82 pesos.
Pero, para su sorpresa, el organismo previsional respondió al requerimiento judicial que otra señora -domiciliada en Buenos Aires- había solicitado también la pensión. Y le había sido otorgada la mitad luego de que lograra acreditar su vínculo matrimonial con el hombre.
La investigación posterior demostró que se habían unido en lo que fueron las primeras nupcias del fallecido.
Al enterarse de la poco agradable novedad, la presunta damnificada planteó ante el tribunal que tal situación era imposible.
Indignada, reclamó que resultaba inadmisible que otra esposa pretendiera cobrar la pensión del difunto, 12 años después del fallecimiento del marido.
Razones válidas
También fundamentó que estuvo casada desde marzo de 1945 y durante 42 años, matrimonio que acreditó ante la Anses con una copia de la libreta de familia. Numerosos testimonios de vecinos, anexados en el expediente, confirmaron su versión.
Pero el organismo oficial pudo corroborar, de manera paralela, que la otra mujer se había casado con el hombre ocho años antes, en 1937.
Sin embargo, esta unión fracasó. Años más tarde, los miembros de la pareja se separaron de hecho por razones no imputables a ella; aunque nunca formalizaron ante la Justicia el divorcio vincular.
Después de un tiempo, el difunto conoció a la que se transformaría en su segunda mujer.
Todos esos antecedentes fueron tomados en cuenta por la jueza para rechazar la demanda contra la Anses.
Garzón de Lascano entendió que su proceder no configuró un delito de carácter penal y, por ende, dejó firme el reparto distributivo de la pensión entre las dos viudas.




