Cómo es el nuevo régimen simplificado de importación desde Tierra del Fuego: todos los productos incluidos
El Gobierno estableció el listado de aparatos electrónicos y electrodomésticos que se podrán comprar de forma directa a la provincia
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El Gobierno nacional definió, a través de una resolución de la Secretaría de Industria y Comercio, la lista completa de productos electrónicos y electrodomésticos que los consumidores podrán comprar directamente a Tierra del Fuego bajo el nuevo régimen simplificado de importación. La medida, oficializada en el Boletín Oficial, establece que se podrán adquirir para uso personal, con topes de valor y cantidad, y prohibición expresa de su posterior reventa.
¿Cómo funciona el nuevo régimen simplificado de Tierra del Fuego?
El sistema, creado por el Decreto N° 334/25, se define como un régimen simplificado de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias. Permite que las empresas radicadas en Tierra del Fuego, que adhirieron a la prórroga del Régimen Industrial dispuesta por el Decreto N° 727/21, puedan vender sus productos de forma directa a consumidores finales en el continente.
La normativa aclara que la compra está destinada únicamente a personas humanas radicadas en el Territorio Nacional Continental para su uso y consumo particular, con la expresa prohibida su comercialización posterior. Cada envío autorizado no podrá superar un valor FOB de tres mil dólares y se fija un límite por persona de hasta tres unidades de una misma especie de producto por año calendario.
Qué productos se pueden comprar
Según el Anexo I de la resolución, los productos habilitados son:
- Afeitadoras
- Aires acondicionados
- Amplificadores y sintonizadores
- Aspiradoras
- Batidoras
- Cafeteras
- Cajas acústicas
- Caloventores
- Cámaras fotográficas digitales
- Cartuchos electrónicos para juegos de video

- Cuchillos eléctricos
- Depiladoras
- Despertadores
- Equipos de radiocomunicaciones móviles celulares
- Freidoras
- Hornos a microondas
- Juegos electrónicos de video
- Lavarropas
- Módems
- Monitores
- Multijugueras

- Notebook y netbook
- Picadoras
- Procesadoras de alimentos
- Radios y radiograbadores
- Receptores de televisión
- Relojes electrónicos
- Sistemas y equipos de audio
- Tablet PC
- Televisores
- Videocámaras
Qué requisitos impone el nuevo régimen
Un punto central de la nueva reglamentación es la obligatoriedad de la acreditación de origen. La resolución subraya que todas las mercaderías comercializadas bajo este sistema deben contar con la certificación que demuestre que fueron producidas al amparo del régimen especial de la Ley N° 19.640.
Este requisito se alinea con el procedimiento establecido en el Anexo XIV de la Resolución N° 4.712 de 1980 de la Administración Nacional de Aduanas. El objetivo, según se desprende de los considerandos de la norma, es “garantizar la trazabilidad, transparencia y cumplimiento de los requisitos del régimen promocional aduanero”. De esta forma, se busca asegurar que solo los productos genuinamente fabricados en el Área Aduanera Especial se beneficien de este canal de venta simplificado.

La resolución se dicta en el marco de la Ley N° 19.640, que estableció un régimen fiscal y aduanero especial para el entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Dicha ley constituyó a la actual provincia como área franca, con la excepción de la Isla Grande de Tierra del Fuego, que opera como área aduanera especial.
La nueva normativa, firmada por el secretario de Industria y Comercio, Esteban Marzorati, entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, desde este viernes 18 de julio de 2025.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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