Jubilaciones, poder de compra y la palabra pendiente de la Corte Suprema
Frente a un eventual fallo que recomponga los valores perdidos por las últimas leyes de movilidad, podrían iniciarse unos 700.000 juicios en los próximos tres a cinco años
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación acumula más de 60.000 expedientes de jubilados que le reclaman a la Anses por la exigua movilidad de haberes otorgada durante el gobierno de Alberto Ángel Fernández.
Semanas atrás, el Tribunal rechazó la crítica a la ley de movilidad sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri, y ahora tiene pendiente analizar lo ocurrido en dos períodos críticos. La ley recientemente convalidada -la 27.426- había sido aprobada en diciembre de 2017. En 2020, su aplicación fue suspendida (ese es el primer período), y en 2021 la norma fue derogada y reemplazada por la ley 27.609, que contenía una inentendible y perjudicial fórmula de movilidad, que rigió hasta marzo de 2024 (segundo período).
En cinco años ─entre 2019 y 2023─ lo cobrado por los jubilados de haberes de nivel medio que no reciben ningún “bono” perdió más del 50% de su poder de compra. Los jubilados fueron los primeros caídos en la guerra contra la inflación.
Recién en 2024, cerrado el fatídico 2023 y con el cambio de sistema de movilidad, los tribunales pudieron analizar la pérdida de poder de compra generada por las leyes que se sancionaron en 2019 y 2020 y que dispusieron la suspensión de una fórmula y la vigencia de otra.
Hace cuatro meses, el máximo tribunal, en la causa en que el Defensor del Pueblo reclamó extender un incremento a todos los jubilados, repitió que no pueden hacerse acciones colectivas sin una Ley del Congreso que las reglamente; es decir, sostuvo que los reclamos por haberes previsionales deben ser realizados en particular por cada afectado.
En los últimos días, los expedientes de las Cámaras Federales que declararon en segunda instancia la inconstitucionalidad de la Ley de movilidad del anterior de Alberto Fernández recorrieron los despachos de la Corte Suprema. Y se está a la espera de un dictamen del procurador.
Si se hace una proyección teniendo en cuenta lo sucedido en el caso “Badaro” (en el cual hubo en 2007 un fallo sobre movilidad), y considerando que, por efecto de las moratorias, se multiplicó la cantidad de jubilaciones obtenidas sin aportes suficientes (las cuales no estarían sujetas a un reajuste), puede concluirse que, frente a un eventual fallo que recomponga los valores perdidos, serán unos 700.000 juicios los que podrían iniciarse en los próximos tres a cinco años.
Luego del fallo “Badaro”, el pico de demandas ingresó a tribunales recién tres años más tarde. Los juicios -por más rápido que trabajen los tribunales- demoran al menos dos o tres años, a los que se suma por lo menos uno más para el pago al jubilado. La primera oleada de juicios firmes deberá enfrentarse recién cuatro o cinco años después de un eventual fallo de la Corte.
El Gobierno puede estar seguro de que el efecto sobre las finanzas públicas es insignificante y no comprometería el equilibrio fiscal inmediato. A mediano plazo, las sentencias favorables a los jubilados que fueron relegados en épocas de crisis deberán ser atendidas con recursos previstos en el presupuesto nacional. El Gobierno acaba de renovar su mandato con la promesa de resultados en el plano económico, una fuerte recuperación y una economía mucho más sana, capaz de incorporar esta corrección.
Los argumentos de las seis Cámaras Federales que en diferentes lugares del país declararon la inconstitucionalidad de la ley 27.609 son simples y contundentes: la inflación redujo a la mitad el poder adquisitivo de las jubilaciones y esto fue reconocido por los decretos firmados por la dupla conformada por Alberto Fernández y Sergio Masa -expresidente y exministro de Economía-, que intentaron un escueto salvataje a los haberes más bajos y no previeron nada para los haberes medios-altos. Igual reconocimiento fue hecho por el actual Presidente, que modificó la fórmula de movilidad por DNU, porque tenía un “gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes” y porque había generado “resultados desastrosos para los jubilados del país, quienes han sufrido una notoria pérdida del poder adquisitivo”.
Entre 2002 y 2006 la política de la ANSES (dirigida por Sergio Massa) fue dar aumentos a los haberes mínimos relegando al resto. Casi 20 años atrás la Corte dijo que el Estado “debía reparar adecuadamente el menoscabo sufrido por los beneficiarios que percibían haberes superiores a los mínimos por la falta de una oportuna adaptación a los cambios en las condiciones económicas”.
Nuestra Constitución establece que el Estado Nacional es el responsable de pagar jubilaciones y pensiones y de otorgarles movilidad. Los últimos dos presidentes y todos sus ministros reconocieron la quita que hubo por los efectos de la inflación y la insuficiencia de la movilidad, y la misión de nuestra Corte Suprema de Justicia es “asegurar la supremacía constitucional…"
Resta saber, entonces, cuándo se alinearán los tiempos de los jubilados que aportaron al sistema y se vieron fuertemente perjudicados por la normativa sobre movilidad, con las garantías que como ciudadanos le da nuestra Carga Magna.
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