El Tribunal Supremo español prohíbe la emisión de El Rosco de Pasapalabra, en medio de una guerra en la TV
Tras una disputa legal por los derechos intelectuales del formato televisivo, la empresa holandesa que reclama ser dueña de El Rosco centró su demanda en España, pero podría extenderla a otros territorios
8 minutos de lectura'

Atresmedia ha perdido la guerra por El Rosco de Pasapalabra. El Tribunal Supremo español ha confirmado que los derechos de propiedad de la prueba estrella final del programa que emite Antena 3 son de la empresa neerlandesa MC&F, por lo que tiene que dejar de emitir El Rosco.
El alto tribunal ha desestimado el recurso de Atresmedia contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que concluyó que El Rosco es “una creación original de sus autores Roto Luigi Pianta y René Mauricio Loeb, protegida por la Ley de Propiedad Intelectual, cuyos derechos corresponden a MC&F”. No obstante, la sentencia deja abierto un resquicio para que Antena 3 siga emitiéndolo a cambio de pagar una indemnización que aún no ha sido fijada.

La empresa holandesa reclamó una compensación por daños y perjuicios, pero el Supremo, como estableció la Audiencia de Barcelona, advierte de que Atresmedia solo es responsable una vez que se le haya informado de que está cometiendo una infracción, es decir, cuando se le notifique la sentencia, y esta indemnización solo tendrá que pagarla si Antena 3 continúa emitiendo el programa.
La cadena le confirmó al medio español EL PAÍS que seguirá emitiendo íntegros los episodios ya grabados del programa durante “al menos varias semanas”, hasta que la sentencia se les comunique y se estipule una fecha en la que el espacio se tendría que modificar. En este tiempo, estudiarán qué hacer con el formato, mientras prosiguen además las negociaciones entre las productoras.
Sin embargo, tal y como ha adelantado El Economista y ha podido confirmar EL PAÍS, el actual consejero delegado de Mediaset, Alessandro Salem, llegó a un acuerdo con MC&F para hacerse con sus derechos. Se trata de un movimiento que se cerró hace un año, pero que no podía hacerse efectivo hasta que existiera una sentencia favorable a la productora neerlandesa, como la que ha llegado este jueves, informa Héctor Llanos.
La sentencia dictada por la Sala Civil pone fin a un pleito que ha durado años e implica que Antena 3 puede seguir emitiendo Pasapalabra, pero sin la prueba final de El Rosco, que contiene el momento de máxima emoción: un reto en el que los dos concursantes finalistas deben acertar, a partir de una definición, una palabra por cada letra del abecedario. Obliga, además, a “la retirada del comercio y destrucción de todas las grabaciones” de todos los “programas de televisión u obras audiovisuales que incluyan un juego basado en dicho formato”, y a “la retirada de los circuitos comerciales, la inutilización y, en caso necesario, la destrucción de todos los elementos materiales, equipos o instrumentos destinados principalmente a la reproducción, creación o fabricación de cualquier programa de televisión u obra audiovisual que incluya El Rosco”.
Las batallas judiciales a propósito de Pasapalabra son casi tan épicas como las de sus concursantes. El espacio presentado por Roberto Leal en esta etapa no es solo uno de los buques insignia de Antena 3 y, día tras día, el programa más visto de la televisión, sino que ya pasó por una situación similar en Telecinco, cuando en 2019 perdió una batalla legal por los derechos del formato contra la empresa británica ITV. Atresmedia sí que tenía esa licencia cedida por los creadores y ese era su argumento, pero la de la versión inglesa estaba, sin embargo, fundamentada en realidad en un segundo juego, conocido como The Alphabet Game (donde no había rosco), no en los derechos italianos originales de Passaparola, donde se llamaba Ruota delle lettere, y por los que ha luchado la holandesa MC&F, propietaria de esta versión original. En Telecinco, la pérdida de un día para otro del veterano concurso (que en su día presentaron Silvia Jato, Jaime Cantizano y Christian Gálvez) supuso el inicio de una crisis de audiencia que llega hasta hoy.

Pasapalabra resulta básico también para Antena 3. No es solo que alcance una media de audiencia de 1.865.000 espectadores y un 20,5% de cuota de pantalla (cifras inalcanzables para el resto) esta temporada, sino que sirve de revulsivo para el informativo posterior presentado por Vicente Vallés y el resto del prime-time. Con la llegada del concurso, Antena 3 comenzó a reconquistar las tardes, y lleva años siendo líder indiscutible.
Otros países, como Argentina (Telefe) también han seguido el modelo híbrido Passaparola y así lo han emitido, pero la empresa holandesa que reclama ser dueña de El Rosco ha preferido centrar su demanda en España. Ahora, esta decisión abre la puerta a que lo intente en otros territorios.
Singularidad del formato
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá, rechaza todos los argumentos esgrimidos por Atresmedia y reconoce que El Rosco es la expresión “de unas ideas con un grado de desarrollo y complejidad que la hacen apta para constituir una obra susceptible de protección”. “No se trata de una simple idea sino de un formato televisivo desarrollado y detallado, susceptible de ser protegido como obra por las normas de la propiedad intelectual”, afirman los jueces, que también rechazan que, como alegaba Atresmedia, la jurisprudencia sobre propiedad intelectual establezca que es preciso un cierto grado de originalidad y creatividad intelectual, que difiera de lo ya existente.
El alto tribunal, tras repasar distintas sentencias del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), concluye que para que una obra resulte protegida por la propiedad intelectual “no es preciso exigir una determinada calidad en la obra ni tampoco su novedad”, en el sentido en el que este concepto se utiliza en la propiedad industrial con el derecho de patentes. “Pero sí ha de exigirse que se trate de una realización que refleje la personalidad de su autor de modo que exprese su espíritu creador de manera original, en la que este manifieste sus decisiones libres y creativas, que dé lugar a una creación singular, de modo que la obra lleve la impronta de la personalidad del autor que confiera a dicha creación un carácter único”, exponen los magistrados. Y todo ello, aseguran, lo cumple El Rosco.
Este formato televisivo, es, según el Supremo, “producto de las decisiones libres y creativas de sus autores [...] que han reflejado en ese formato su personalidad, en los términos en que tal ‘reflejo de su personalidad’ puede producirse en una obra de esta naturaleza”, un programa de televisión. Los magistrados aluden no solo a las reglas generales del juego, sino a otros elementos distintivos como “la disposición de los jugadores, el tiempo de que disponen para responder a las preguntas [...] el elemento gráfico del ‘rosco’ superpuesto a la imagen del concursante, cuyas letras van cambiando de color según el resultado de las respuestas dadas por el concursante”. Todos estos aspectos dotan de “singularidad al formato televisivo y lo distingue de otros juegos basados en el alfabeto”, concluye el Supremo.
Resquicio legal

La sentencia, no obstante, abre un resquicio que puede explorar Atresmedia para seguir emitiendo El Rosco. La Audiencia de Barcelona declaró que el grupo solo tendría que indemnizar por daños y perjuicios a la empresa holandesa si sigue explotando ese formato una vez que se ha declarado que no tiene los derechos para hacerlo. “Desde ese mismo momento tendrá que elegir entre pagar al actor una indemnización o dejar de emitir la prueba El Rosco”, afirmó esa sentencia que ahora confirma el Supremo.
“La Audiencia Provincial ha considerado que hasta el momento en que se dicte la sentencia, falta el requisito de la culpabilidad que entiende necesario para que nazca la obligación indemnizatoria por lo que, una vez que se dicte su sentencia, ese requisito ya concurrirá y si se continúa emitiendo el programa tras su sentencia (lo que evidentemente considera probable, y de hecho se ha producido) procederá la indemnización del daño”, señalan los jueces, que dan por buena la decisión del tribunal barcelonés que aceptó la propuesta de compensación que pedía MC&F: la cantidad que habría percibido como remuneración si Atresmedia hubiera pedido autorización para utilizar el derecho de propiedad intelectual de El Rosco.
Para cuantificar este reclamo, la empresa holandesa se remitía a la cantidad que había cobrado de Mediaset por la explotación del formato en 2020, el último año que se emitió en Telecinco. La sentencia no recoge esta cifra, pero señala que está detallada en la cláusula tercera del acuerdo confidencial firmado entre ambas empresas y que está incorporado al pleito judicial. “El sistema no puede ser más claro, tenemos una licencia y el lucro cesante ha sido precisamente la pérdida de esos royalties”, advirtió la Audiencia Provincial.
1The Mandalorian and Grogu: una aventura galáctica que cuenta la misma historia de siempre (aunque con menos ambiciones)
2Cannes: de los glamorosos looks de Heidi Klum en la alfombra roja a su relajado topless en el balcón de su hotel
3El abrupto final del programa de Adriana Salgueiro: qué pasó y quién ocupará su horario en Net TV
4Preocupación por la salud de Romina Gaetani: qué le pasó y cómo se encuentra





