La ley firmada por Ron DeSantis que impacta en el cuidado de niños y entra en vigor el 1° de julio
La nueva norma modifica los criterios legales para evaluar situaciones de riesgo infantil y habilita ciertas acciones sin supervisión como parte de un cuidado responsable
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Esta semana, el gobernador de Florida, Ron DeSantis, firmó una serie de nuevas leyes que marcarán un cambio en distintos aspectos de la vida cotidiana de los habitantes. En una de ellas, aprobada por unanimidad en ambas cámaras de la Legislatura del Estado del Sol, se redefinieron los conceptos de daño y negligencia hacia menores para permitir ciertas actividades independientes sin supervisión. Aplica desde el 1° de julio de 2025.
El nuevo concepto de negligencia infantil que aplicará en Florida
La Senate Bill 1286 (SB 1286) modifica el concepto legal de daño y negligencia infantil, tanto en el ámbito penal, como familiar. El texto fue impulsado por las senadoras Erin Grall y Rosalind Sharief.

El proyecto establece que no toda actividad independiente realizada por un menor debe considerarse peligrosa. La clave será si el niño está en riesgo evidente o si el cuidador tuvo una conducta temeraria.
Las actividades sin supervisión no serán consideradas delito en Florida
Siempre que el menor tenga la madurez suficiente para responder ante imprevistos, la nueva norma especifica que las siguientes actividades no constituyen un daño:
- Caminar a la escuela.
- Andar en bicicleta.
- Quedarse solo por un tiempo razonable.
Florida: nuevas condiciones en el derecho de familia y penal
En el ámbito de la dependencia, la ley modifica la definición de daño, según el artículo 39.01 de los Estatutos de Florida. Se considerará el juicio del niño para enfrentar crisis físicas o emocionales.
La negligencia solo se aplicará si se demuestra una conducta imprudente por parte del cuidador. El cambio busca evitar intervenciones injustificadas en situaciones donde los menores actúan con autonomía.

Por otro lado, el artículo 827.03 redefine la negligencia criminal con un estándar de intencionalidad. El cuidador debe haber omitido de manera voluntaria el suministro de servicios esenciales.
No se considerará negligente permitir actividades independientes, salvo que impliquen riesgo voluntario y temerario. La ley apunta a distinguir entre descuido criminal y crianza responsable.
Excepciones por creencias religiosas
La legislación incluye una excepción para padres que se nieguen a tratamientos médicos por motivos religiosos. Aunque esos casos deben investigarse, no serán considerados negligencia por sí mismos.
Sin embargo, el tribunal podrá ordenar intervenciones médicas si la salud del menor está en riesgo. El Estado podrá intervenir si existe riesgo comprobable, sin criminalizar la fe de los padres.
Qué ejemplos sí se consideran un daño
La ley mantiene como daño la presencia de lesiones como fracturas, quemaduras o desfiguración. También se incluye la administración intencional de sustancias, tales como:
- Alcohol
- Drogas
- Veneno
Por otro lado, la disciplina física se considerará abuso si causa lesiones significativas o traumas psicológicos. Se evaluará el contexto, la edad y el historial de daño.

La ley entrará en vigor el próximo 1° de julio de 2025. Fue aprobada por unanimidad: 36 votos en el Senado y 116 en la Cámara de Representantes. Y luego firmada por el gobernador DeSantis. De esta manera, la nueva medida busca redefinir el límite entre supervisión necesaria y crianza con independencia.
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