El documento que la CBP avala como prueba de estatus legal de visitante en EE.UU.
Solo los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes que regresan a EE.UU. y algunos extranjeros con visas de inmigrante no necesitan el formulario
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La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) protege las fronteras de Estados Unidos y entre sus documentos clave se encuentra uno que es requisito para los visitantes. En estas vacaciones decembrinas 2025, conoce el formulario que registra las fechas de entrada y salida.
Vacaciones 2025: el documento para visitantes en EE.UU.
El Formulario I-94 es necesario para todos los visitantes, se expide durante el proceso de admisión en un puerto de entrada. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) al que pertenece la agencia de inmigración, expide el Registro de Entrada/Salida, a los extranjeros que:
- Son admitidos a Estados Unidos.
- Ajustan su estatus mientras está en EE.UU.
- Extienden su estadía en el país norteamericano.

Los únicos que no necesitan el formulario son: los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes (titulares de una green card) que regresan, los extranjeros con visas de inmigrante y la mayoría de los canadienses que están de visita o en tránsito.
En general, un oficial de CBP adjunta el Formulario I-94 al pasaporte del visitante no inmigrante al ingresar a EE.UU. El formato también señala que el visitante debe irse de EE.UU. en o antes de la fecha de salida sellada en el documento, misma que se indica como Admit Until Date.
La agencia explica que aquellos que viajan por tierra o en ferry desde puertos específicos, pueden solicitar un documento provisional con anticipación, lo que les ahorrará tiempo al llegar, o se les expedirá un Formulario I-94 durante el proceso de admisión en un puerto de entrada.
Formulario I-94: actualizaciones de la CBP
La CBP dio a conocer que los visitantes extranjeros que llegan a Estados Unidos ya no necesitan completar el I-94 en papel. “Quienes necesiten demostrar su estatus legal de visitante ante empleadores, escuelas/universidades o agencias gubernamentales pueden acceder a la información de su registro de entrada/salida del CBP en línea”.

El CBP ahora recopila automáticamente la información de entrada y de salida de los viajeros a partir de sus registros de viaje electrónicos.
Actualmente, en la frontera terrestre, los extranjeros recibirán el formulario electrónicamente y ya no un talón impreso. La CBP recomienda a quienes necesiten el documento que utilicen la aplicación CBP Link o el sitio web de la agencia para solicitarlo.
Si un viajero desea un formulario impreso, puede obtenerlo desde el sitio web del I-94 con la opción Get Most Recent I-94 (Obtener el I-94 más reciente) o mediante la misma opción en la aplicación.
“Se puede solicitar un formulario impreso durante el proceso de inspección, pero todas estas solicitudes se atenderán en una sesión posterior”, advierte la dependencia.
La nueva tarifa del I-94 que ya entró en vigor
La agencia informó que a partir del 30 de septiembre de 2025, se añade una tarifa adicional de 24 dólares a la tarifa actual de US$6 para las solicitudes del Formulario I-94 de Llegada/Salida en los puertos de entrada fronterizos terrestres, lo que eleva el costo total a US$30.

La medida corresponde a lo establecido en la HR-1 (One Big Beautiful Bill), promulgada por Donald Trump el pasado 4 de julio.
El anuncio en el Registro Federal, que hace oficial la medida, señala: “La CBP no cobrará una tarifa a los extranjeros que lleguen a un puerto de entrada aéreo o marítimo porque dichos extranjeros no están obligados a presentar una solicitud para un Formulario I-94 de la CBP”.
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