Arroyo Salgado ordenó un procedimiento en Olivos y pidió un registro de las visitas durante la cuarentena
La jueza federal de San Isidro pretende quedarse con la causa que investiga las circunstancias del cumpleaños de Fabiola Yañez durante el aislamiento
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La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado rechazó un planteo de su colega, el juez Lino Mirabelli y reclamó el expediente en el que se investigan las circunstancias del cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez en Olivos durante la cuarentena estricta en julio de 2020. Mientras que se resuelve quién se queda con el caso, Arroyo Salgado dispuso un procedimiento en la Quinta de Olivos con efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), según le confirmaron fuentes judiciales a LA NACION.
Arroyo Salgado busca quedarse al frente de la causa en la que están imputados el presidente Alberto Fernández, Yañez y las personas que asistieron a la fiesta.
A pedida de la jueza, los efectivos se presentaron con una orden de presentación requiriendo a Casa Militar los registros de las visitas del 14 de julio de 2020, cuando la primera dama celebró su cumpleaños.
Además de haberse pronunciado sobre la competencia, en otra resolución, Arroyo Salgado ordenó hoy una serie de nuevas medidas de prueba para la causa que ella tiene en su juzgado. Además de haber solicitado los datos filiatorios de los imputados, la jueza pidió al Municipio de Vicente López los registros fílmicos de las inmediaciones de la Residencia de Olivos del 14 y del 15 de julio.

También le solicitó a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado en la Investigación Criminal que informe la totalidad de los abonados telefónicos registrados a nombre de los imputados en el período entre el 12 y 18 de julio de 2020, y respecto de Alberto Fernández además entre los días 28 y 31 de diciembre de 2020. Y le pidió al Ministerio de Salud que informe si los imputados tenían habilitado el Certificado Único para circular durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y respecto a qué actividades, especialmente en la fecha de los hechos investigados.
El Presidente ya emitió sus argumentos de defensa y señaló que la celebración de la fiesta de cumpleaños no es delito. La acusación se basa en que Fernández violó el artículo 205 del Código Penal, que castiga la violación de las normas destinadas a impedir la propagación de una enfermedad. El jefe de Estado advirtió que, para configurar un delito, el festejo debió haber provocado un daño concreto a la salud pública. Por eso planteó una “excepción de falta de acción por atipicidad manifiesta”.
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