Cristina Kirchner apeló su condena por el caso Vialidad: apuntó contra jueces y fiscales, se despegó de la corrupción en Santa Cruz y pidió ser absuelta
La expresidenta denunció en el escrito que su derecho a la defensa se vio violentado de múltiples maneras; remarco presuntos lazos de la Justicia Federal con el expresidente Mauricio Macri
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En el marco de la causa conocida como Vialidad, Cristina Kirchner apeló hoy el fallo de la Cámara de Casación Penal que confirmó su condena a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, impuesta en diciembre de 2022 por Tribunal Federal N° 2, que la encontró culpable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública por haber direccionado contratos de obra pública de Santa Cruz en favor del empresario Lázaro Báez. La expresidenta le pidió a la Corte Suprema que revise la sentencia, la revoque y declare su absolución.
En su escrito, la expresidenta denunció que su derecho a la defensa fue violado de múltiples maneras. “No se observaron reglas básicas del sistema acusatorio que rige en materia penal; se infringió el principio de congruencia; se denegó prueba necesaria y conducente para la resolución del pleito; se impidió controlar prueba de cargo dirimente para fundar la condena y se ha violentado el principio de la cosa juzgada”, detalla el texto.
La expresidenta se despachó con una avalancha de criticas hacia los distintos jueces y fiscales que intervinieron durante todo el proceso, cargado de “arbitrariedades” y “contradicciones”, según valoró en diversos tramos de la presentación. También sostuvo que las obras públicas analizadas en la causa fueron elegidas con un recorte arbitrario por parte de la fiscalía, y afirmó que sus propuestas para realizar nuevos peritajes fueron rechazadas, al igual que otros intentos por apuntalar su defensa, como un pedido para ampliar su declaración cuando se introdujo la prueba del supuesto plan “limpiar todo”, surgida de lo obtenido del teléfono José López, el exsecretario de Obra Pública.
“Se ha lesionado la garantía de ser juzgado por jueces independientes e imparciales y el deber de objetividad que recae sobre el Ministerio Público Fiscal”, denunció en el escrito, que lleva la firma de su abogado en este expediente, Carlos Alberto Beraldi.
“El fiscal ad hoc que intervino en la etapa instructoria [por Ignacio Mahiques] es hermano de quien, por entonces, actuaba como Subsecretario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación [por Juan Bautista Mahiques]; la esposa del Dr. Ercolini [por Julián Ercolini], mientras éste desarrollaba sus tareas como juez instructor, se desempeñaba como asesora del referido Ministerio, querellante en la causa a través de la OA”, señala el texto.
“El fiscal [Diego] Luciani y el juez [Rodrigo] Giménez Uriburu integraban un equipo de fútbol denominado La Liverpool que realizaba prácticas deportivas en una quinta perteneciente al por entonces Presidente Macri; los jueces [Jorge] Gorini y Giménez Uriburu visitaron a la Lic. Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad de la Nación cuando ya había sido propuesta como testigo en este proceso”, agrega.
Y sigue: “El fiscal Mola visitó la Casa de Gobierno y la sede de la AFI en reiteradas oportunidades; el juez Ercolini realizó el referido viaje hacia Lago Escondido; los jueces [Gustavo] Hornos y [Mariano] Borinsky mantuvieron reiterados encuentros con el Ing. Macri en la Casa de Gobierno y en la Quinta de Olivos, sin que existieran motivos oficiales que los justificaran”.
Al alegato de Luciani, por el cual el fiscal pidió 12 años de prisión –postura con la que insistió hoy su colega ante la Casación, el fiscal Mario Villar– le dedicó un apartado especial: “Tuvo características casi cinematográficas, no solo por su puesta en escena y la manera en que fue leído, sino también por encontrarse cargado de adjetivaciones totalmente innecesarias, fuera de estilo, propias de los discursos de incitación al odio que se efectúan en ámbitos extra judiciales”, señaló. “Resulta imposible soslayar el intento de magnicidio que sufriera CFK, acaecido tan solo diez días después de que los fiscales concluyeran su intervención”, sumó.
Además, la expresidenta se despojó de cualquier responsabilidad respecto a lo que pudo haber ocurrido con la obra pública en la provincia de Santa Cruz. “Se le ha atribuido el quebrantamiento de deberes que ni la Constitución Nacional, ni la ley, ni ninguna otra norma jurídica le imponían y por ende se violó el principio de legalidad sustantiva”, señala el texto. “La AGVP es un ente que actúa en la órbita de la provincia de Santa Cruz, respecto del cual, dados los principios de autonomía contenidos en la Constitución Nacional (art. 5), el Poder Ejecutivo Nacional no tiene dirección o control alguno”, se añade.
Uno de los principales argumentos que esgrime la defensa de Cristina Kirchner es que no es el Presidente sino el jefe de Gabinete el responsable de la obra pública.
“El art. 100 de la Constitución Nacional pone en cabeza del Jefe de Gabinete ejercer la administración general 24 del país (inc. 1) y ejecutar la ley de presupuesto nacional (inc. 7), quedando habilitado para dictar las normas reglamentarias necesarias (ley 26.124). Se trata pues de competencias asignadas constitucionalmente que tienen relación directa e inmediata con las cuestiones atinentes a esta causa”, señala el texto, que agrega que ninguna de las declaraciones testimoniales que volcaron los jefes de gabinetes entre 2003 y 2015 (Alberto Fernández, Sergio Massa, Aníbal Fernández, Juan Manuel Abal Medina y Jorge Capitanich) se aseguró algún tipo de “interferencia por parte de CFK”.
La exmandataria reforzó este punto apoyándose en el propio fallo de la Casación que confirmó la absolución en el caso del exministro de Planificación Julio de Vido. “El criterio normativo invocado para sostener el carácter típico de la conducta de CFK es refutado en la propia sentencia dictada por la CFCP al resolver la situación de otros enjuiciados”, sostiene. Hoy, el fiscal Villar apeló también la resolución que confirmó la absolución de De Vido.
Como parte de su defensa, la expresidenta dijo también que el TOF 2, y luego la Casación, la condenaron por algo que ya fue juzgado con anterioridad, en alusión a dos expedientes del fuero penal de su provincia, que no encontraron irregularidades en la obra pública santacruceña.
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