Julio De Vido cumplirá en prisión su condena de cuatro años por la tragedia de Once a pesar de sus 75 años
Rechazaron su pedido de prisión domiciliaria; el juez advirtió que ese beneficio “no es automático”; está siendo juzgado también por los Cuadernos de las Coimas
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El exministro y exdiputado del kirchnerismo Julio De Vido cumplirá su pena de cuatro años de prisión por la tragedia ferroviaria de Once en la cárcel, donde ya se encuentra. El tribunal que lo condenó rechazó hoy concederle el beneficio del arresto domiciliario a pesar de que el exfuncionario tiene 75 años.
Así lo resolvió el juez Ricardo Basílico tras analizar los antecedentes sobre la salud de De Vido y los resultados de estudio médicos que le realizó el Servicio Penitenciario Federal.
De Vido, de 75 años, está preso en la colonia penal 19 de Ezeiza, junto a la cárcel de máxima seguridad.
El juez dijo que si bien tiene más de 70 años, edad a la que puede pedir el arresto domiciliario, ese beneficio no es automático.

“El solo cumplimiento de la edad cronológica prevista en la norma por parte de Julio Miguel De Vido no resulta, por sí mismo ni de manera automática, suficiente para habilitar la concesión” del arresto domiciliario, dijo el juez.
Y abundó: “La edad cronológica debe ser evaluada conjuntamente con otros factores relevantes, tales como el estado de salud y las condiciones concretas de alojamiento, descartándose interpretaciones que consagren un derecho automático al arresto domiciliario por razones etarias”.
Dijo que “la prisión domiciliaria constituye una facultad judicial excepcional y no un derecho automático, cuya procedencia exige una demostración suficiente de circunstancias extraordinarias que tornen irrazonable la continuación del alojamiento intramuros, extremo que considero no se verifica en el caso aquí examinado”.
De Vido, que estaba en su chacra de Zárate, ubicada dentro del country Puerto Panal, fue preso luego de que la Corte Suprema de Justicia dejó firme su condena por la tragedia de Once.

Fue condenado a cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua por ser hallado culpable como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta de fondos públicos.
En este causa, De Vido, como ministro de Planificación, conocía y toleró el uso indebido de fondos públicos por parte de la concesionaria TBA, lo que perjudicó al Estado.

La empresa era la concesionaria del tren que descarriló al ingresar en la estación Once el miércoles 22 de febrero de 2012, causando la muerte de 52 personas.
El juez Basilico consideró que “el derecho a la salud del condenado se encuentra adecuadamente garantizado” porque tiene “asistencia médica en el ámbito penitenciario, sin que se haya demostrado que la privación de la libertad conlleve un menoscabo ilegítimo o desproporcionado de su integridad física”.

El magistrado destacó la cantidad de causas que tiene De Vido, entre ellas el juicio por los Cuadernos de las Coimas. “No encuentro justificación alguna que permita otorgar la prisión domiciliaria aquí solicitada”, dijo el juez.
Y mencionó que, ante “la contundencia de los informes periciales producidos”, no advirtió “situación alguna de razón humanitaria que justifique que el causante cumpla la detención producto de la sentencia condenatoria firme en la modalidad domiciliaria”.
El juez Basilico dispuso además que la Colonia Penal Ezeiza, Unidad 19, debe garantizarle a De Vido el “control clínico y cardiológico, controles de laboratorio, estudios complementarios y consultas de especialidades que indiquen sus médicos”.
De Vido sufre de diabetes, por lo que indicó que se le debe mantener una dieta adecuada también para una la patología cardíaca, metabólica e hiposódica.
Asimismo, el juez estableció que “se debe garantizar la infraestructura para atender posibles complicaciones de sus patologías y tener capacidad operativa para la derivación del paciente a centros asistenciales de mayor complejidad en caso de descompensaciones que no se puedan resolver” en el penal.
Al exfuncionario le dieron autorización al traslado extramuros cada vez que sea requerido por la autoridad médica y el juez ordenó contar con “personal suficiente para garantizar la seguridad y el resguardo del detenido en todo momento y en cualquier desplazamiento”.
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