Vialidad: qué resolvió la Justicia sobre el decreto de Milei
Un fallo de un juzgado federal concedió una medida cautelar solicitada por un gremio y frenó la disolución del organismo estatal; el Poder Ejecutivo comunicó de inmediato que apelará la decisión
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El plan del Gobierno para disolver la Dirección Nacional de Vialidad encontró este jueves un freno judicial. Una decisión de la Justicia federal alteró el curso de la medida ejecutiva, que ahora ingresa en una nueva etapa de disputa legal.
¿Qué determinó la Justicia sobre el decreto que disuelve Vialidad?
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2 suspendió los efectos del decreto presidencial que instrumenta la disolución de Vialidad Nacional. La decisión, firmada por la jueza federal Martina Isabel Forns, hace lugar a una medida cautelar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (Sevina).
El fallo establece una medida de no innovar por un plazo de seis meses. En la práctica, esto ordena al Poder Ejecutivo que se abstenga de ejecutar cualquier acto administrativo que derive del Decreto 461/2025. La suspensión abarca reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad del personal o la supresión de estructuras vinculadas al organismo.
La magistrada consideró que se reúnen los presupuestos de admisibilidad para la procedencia de la medida. La jueza no se expidió sobre el pedido de nulidad e inconstitucionalidad del decreto, ya que entendió que ese análisis requiere un estudio “más complejo y profundo” que se resolverá en la cuestión de fondo.
Horas después de conocerse el fallo, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que el Gobierno apelará la medida. A través de una publicación en su cuenta de la red social X, el funcionario fue escueto y directo. “El Gobierno apelará la suspensión del decreto que determina la disolución de Vialidad Nacional. Fin”, escribió.

Los fundamentos del fallo judicial
En su resolución, la jueza Forns argumentó que la aplicación del decreto presidencial podría generar perjuicios irreparables. Uno de los puntos centrales del fallo es la protección de las condiciones laborales de los trabajadores de Vialidad, amparadas por convenios colectivos vigentes.
“La Constitución Nacional, como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con jerarquía constitucional, impiden al Estado en su rol concurrente de empleador y regulador alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”, sostuvo la magistrada.
La jueza señaló que el artículo 32 del decreto de Javier Milei dispone que la estabilidad del personal tiene “una fecha de vencimiento”. Según Forns, con esta disposición “se vulneran las normas y garantías laborales vigentes”.
Otro aspecto criticado en el fallo es la subordinación de cualquier movimiento de personal a la aprobación previa del Ministerio de Desregulación, a cargo de Federico Sturzenegger. Para la jueza, esto “conlleva la subordinación de las decisiones a la exclusiva discrecionalidad” de esa cartera y vulnera el principio de estabilidad y los derechos laborales y sindicales.
La resolución también menciona a los trabajadores como un sector “socialmente vulnerable” y advierte sobre la “posible vulneración de derechos de naturaleza alimentaria” por eventuales despidos masivos.

Desde el sindicato SEVINA celebraron la decisión judicial. “Esta decisión representa un respaldo legal a nuestra lucha en defensa de la legalidad, la estabilidad laboral y la continuidad institucional de la Dirección Nacional de Vialidad. Seguiremos trabajando incansablemente para garantizar que no se vulneren los derechos de nuestras compañeras y compañeros”, comunicaron desde el gremio.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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