A partir la derogación de la ley de alquileres, los contratos pueden ajustarse por el índice que se decida entre las partes y el más utilizado es el del IPC
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Luego de la derogación de la ley de alquileres -a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, en diciembre de 2023-, se abrió el juego para definir la forma en la que se actualizan los contratos. Una de las opciones más utilizadas a la hora de ajustarlos es a través de los datos de la inflación nacional.
En este contexto y ante un mercado sin regulación, hay propietarios e inquilinos que están pactando los nuevos contratos por dos años, en pesos y con ajuste por inflación cada tres o cuatro meses, aunque aún hay algunos acuerdos que se ajustan por ICL o se fijan en dólares y no requieren ajustes. Para actualizar el precio del alquiler por inflación, el contrato puede establecer como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que todos los mediados de mes publica el Indec.
A la hora de firmar el contrato, las partes también deben definir cada cuánto tiempo se realizará el ajuste por inflación, es decir, la periodicidad del ajuste. “Cuando hay alta inflación, como la que marcó los finales del 2023 e inicios del 2024, conviene que la indexación sea trimestral. En épocas normales la indexación podría ser cuatrimestral o semestral”, aconseja el Dr. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.

Cómo calcular el aumento por inflación
Con una calculadora automática
En internet existen múltiples opciones de calculadoras automáticas de inflación acumulada que toman como referencia los datos publicados por el Indec. Una de ellas es la de Chequeado, que es la que se usará como referencia en el siguiente procedimiento:
- Ingresar a https://chequeado.com/inflacionacumulada/
- Donde dice “Para comprar algo que salía” ingresar el monto de alquiler que debe actualizarse.
- Donde dice “a principios de”, ingresar el mes en el que empieza el período a partir del cual se quiere ajustar. Por ejemplo, si a mediados de diciembre se quisiera hacer una actualización trimestral, debería considerarse el plazo de septiembre a noviembre (ya que esta última ya fue revelada).
- Donde dice “a finales de”, ingresar el mes en el que termina el período a partir del cual se quiere ajustar.
- Donde dice “necesitarías la suma de” figurará el nuevo valor del alquiler.
Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral, para un alquiler de $650.000 iniciado el 11 de septiembre de 2025 que debe ajustarse en diciembre, se toma la inflación de los tres meses previos: septiembre (2,1%), octubre (2,3%) y noviembre (2,5%). Con esos valores, la inflación acumulada del período ronda el 7,05%, por lo que el alquiler pasaría a ser de $695.824 mensuales aproximadamente.
En forma manual
En el caso de que se decida ajustar de forma manual, es importante destacar que no debe sumarse la inflación de cada uno de los meses, sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler, dado que se trata de la inflación acumulada del período.
Primero, hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir serían los siguientes:
- Acceder al informe de IPC del Indec , al que se puede acceder desde la página del Indec (indec.gob.ar), luego ir a la pestaña de “Estadísticas”, hacer clic en “Precios” dentro de la sección de Economía y luego seleccionar el botón de “Precios al Consumidor (IPC)”. También se puede acceder directamente desde este enlace.
- Hacer clic en el botón “leer informe”.
- En la cuarta página del documento, ver el segundo gráfico “Variaciones mensuales del Nivel general del IPC”. Allí se puede ver la inflación de cada mes, con los que se va a calcular la tasa de variación en el período deseado.
Una vez ubicados los datos, los pasos para hacer la cuenta son los mencionados a continuación:
- Primero hay que calcular por separado el valor de inflación de cada mes dividido 100 y sumarle 1. Por ejemplo, si la inflación de septiembre fue de 2,1%, al dividirla por 100 da 0,021; más 1, queda 1,021. Lo mismo debe hacerse con los valores de octubre y noviembre.
- Luego hay que multiplicar el valor actual del alquiler por esos valores de inflación individuales. El resultado será el nuevo valor del alquiler a pagar durante el próximo trimestre.
- En otras palabras, la fórmula sería: valor del alquiler x (inflación primer mes/100 + 1) x (inflación segundo mes/100 + 1) x (inflación tercer mes/100 + 1) = valor actualizado del alquiler.
En un ejemplo concreto, si el 11 de noviembre se firmó un contrato de alquiler por $650.000 con ajuste trimestral por inflación, este debería actualizarse por primera vez en diciembre.
La variación mensual de la inflación en esos meses fue de:
- Septiembre: 2,1%
- Octubre: 2,3%
- Noviembre: 2,5%
Después de dividir cada porcentaje por cien y sumarle uno, la cuenta quedaría así:
650.000 x 1,021 x 1,023 x 1,025 = $695.886
Ese será el nuevo valor del alquiler para el trimestre siguiente.
El resultado no siempre coincide con el cálculo realizado a través de la calculadora automática (chequeado.com), ya que las cifras publicadas mensualmente por el Indec están redondeadas (el número puede contener mayor cantidad de decimales que, al contemplarlos en la cuenta, pueden variar entre 100 y 300 pesos más el resultado final).
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