Andrés García Vautrin analizó en LN+ el encuadre legal del caso; advirtió que el menor no puede ser imputado con el nuevo régimen penal juvenil y detalló cuáles son las medidas que puede adoptar la Justicia
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El abogado penalista Andrés García Vautrin analizó la situación judicial del adolescente que protagonizó el ataque ocurrido en la Escuela Nº40 Mariano Moreno de San Cristóbal, Santa Fe, y explicó cuáles son las herramientas legales disponibles en el marco actual. “Nunca debió tener acceso al arma”, sostuvo al referirse a uno de los puntos centrales del caso.
En una entrevista con LN+, precisó que, pese a la gravedad del hecho, el menor no puede ser juzgado con el nuevo régimen penal juvenil ya que todavía no entró en vigor, lo que condiciona el avance de la causa.

Qué puede hacer la Justicia hoy
El especialista explicó que, aunque recientemente fue sancionada la ley de responsabilidad penal juvenil, aún no se encuentra en vigencia, ya que comenzará a regir en septiembre. Aunque la ley establece la imputabilidad desde los 14 años, su aplicación comenzará a regir 180 días después de su sanción, por lo que no impacta en este caso.
En ese contexto, indicó que el juez interviniente cuenta con herramientas para actuar. “Puede disponer la internación del menor, que esté bajo custodia, iniciar un tratamiento y realizar pericias”, detalló. Estas medidas, aclaró, tienen carácter de seguridad y protección, no punitivo.

Inimputabilidad y medidas de seguridad
García Vautrin subrayó que, con la normativa actual, el adolescente es inimputable desde el punto de vista penal, por lo que no puede ser sometido a un proceso como un adulto.
Sin embargo, eso no implica la ausencia de intervención judicial. “Puede estar internado con una medida de seguridad hasta los 18 años”, explicó, en función de su evolución y de los informes que se elaboren durante el proceso.

Responsabilidad por el acceso al arma
El abogado puso el foco en otro aspecto clave de la investigación: el origen del arma utilizada en el ataque. Según señaló, la persona que tenía bajo su custodia la escopeta podría enfrentar una responsabilidad penal autónoma, al haber facilitado el acceso a un menor.
“Es un delito independiente que prevé penas de entre 4 y 10 años”, indicó, y remarcó que la investigación judicial deberá avanzar sobre ese punto.

Fallas y señales previas
El análisis también incluyó cuestionamientos sobre el contexto en el que se produjo el hecho. El especialista consideró que debieron existir señales de alerta y posibles fallas en los mecanismos de prevención.
“Hubo una falla en los protocolos del colegio”, sostuvo, y mencionó factores del entorno personal del agresor, como problemas familiares, consumo de sustancias y cuestiones psiquiátricas, que podrían ser relevantes en la evaluación del caso.
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