Identidad de género: los adolescentes de 16 a 18 años serán considerados adultos para acceder al cambio de DNI en la Ciudad
Lo dispuso el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas porteño tras un reclamo presentado en diciembre de 2022 por diversas organizaciones
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Los adolescentes de 16 a 18 años serán considerados adultos para acceder al cambio de DNI por la Ley de Identidad de Género en la ciudad de Buenos Aires, según lo dispuso el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas porteño. La determinación se tomó tras un reclamo presentado en diciembre de 2022 por las organizaciones 100% Diversidad y Derechos, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Infancias Libres y la Asociación Familias Diversas de la Argentina (AFDA).
En un comunicado emitido este martes, a once años de la sanción de la ley de Identidad de Género, las organizaciones impulsoras del reclamo celebraron el cambio en la normativa como “un avance en el ejercicio del derecho a la identidad de género de adolescentes de 16 a 18 años, quienes podrán acceder a un Documento Nacional de Identidad que refleje su identidad de género por derecho propio, de modo libre y sin la tutela de sus progenitores”. Además, volvieron a pedir por “el fin de la exigencia, para la realización del trámite de cambio de nombre y sexo registral de personas menores de 16 años, de la firma de ambos progenitores y el patrocinio jurídico obligatorio por restringir la autonomía progresiva de infancias y adolescencias”; y reclamaron por el pleno acceso de infancias y juventudes trans a la identidad de género.
En concreto, las organizaciones solicitan que se amplíe “a las personas de 13 años el acceso a la rectificación de nombre y sexo registral por derecho propio y, en el caso de personas menores de 13 años, que accedan al trámite a su requerimiento y con el asentimiento de alguno de sus progenitores o referente afectivo. No siendo en ningún caso obligatorio el patrocinio jurídico, el que solo deberá ser provisto por el Estado de la Ciudad cuando existan conflictos de intereses con sus representantes legales”.
Lo planteado se fundamenta en lo establecido por el Código Civil, que si bien establece que las personas menores de 18 años ejercen sus derechos a través de sus representantes legales, también les reconoce edad y grado de madurez suficiente para ejercerlos por sí mismos. Asimismo, reconoce la asistencia letrada como un derecho y solo ante conflictos de intereses con sus representantes legales.
En este marco, las organizaciones LGBT reclaman al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad que interprete y aplique el artículo 5 de la Ley 26.743 de Identidad de Género (2012) conforme el artículo 13 de la misma ley que establece interpretarla y aplicarla con miras a garantizar el acceso al derecho a la identidad de género y, por tanto, adapte integralmente su normativa al nuevo Código Civil (2015), para poner fin a los obstáculos que restringen el ejercicio del derecho a la rectificación del nombre y sexo registral a las personas menores de 16 años.
El reclamo presentado por las organizaciones ante el Registro Civil contó con el apoyo del Ministerio Publico de la Defensa de la Ciudad, a través de la Defensoría Nº5, la cual estuvo a cargo en 2022 de Patricio Canepa, siendo ahora la titular Giselle Furlong Pader.
Con información de Télam
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