La Anmat prohibió el uso de una serie de medicamentos e inhabilitó a otro laboratorio
La medida alcanza a todos los lotes elaborados en condiciones irregulares por fallas en su fabricación
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de una amplia serie de medicamentos. La medida se debió a la detección de incumplimientos críticos en su proceso de fabricación, lo que implica un riesgo sanitario. La decisión fue oficializada este lunes en el Boletín Oficial. Mediante otra normativa se dio de baja la habilitación de un laboratorio por no cumplir requisitos básicos.
La Disposición 13/2026 de la Anmat establece la prohibición total de circulación de todos los lotes de medicamentos de titularidad de P. L. Rivero y Cía. S.A. que fueron elaborados en las instalaciones de Laboratorios Solkotal S.A., y ordena a la empresa titular el recupero del mercado de esos productos en todo el país.
Según la información oficial, el expediente se inició a partir de una consulta realizada por un efector de salud sobre un medicamento inyectable, lo que derivó en una revisión de los registros disponibles y en actuaciones de control por parte del Instituto Nacional de Medicamentos. En ese proceso, se constató que no existía autorización vigente para la elaboración tercerizada declarada por las empresas involucradas.
Durante una inspección sanitaria, la Anmat verificó que el laboratorio elaborador presentaba un nivel no aceptable de cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación. La comisión inspectora detectó deficiencias críticas que podían comprometer la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos producidos.
Entre las irregularidades señaladas se incluyeron la falta de registros completos de los procesos, inconsistencias en la documentación, equipamiento sin calibración vigente, fallas en el sistema de climatización, ausencia de monitoreos ambientales y carencias en la gestión del sistema de calidad farmacéutico.
En paralelo, la Anmat dictó la Disposición 10/2026, mediante la cual dispuso la baja de la habilitación otorgada a un laboratorio farmacéutico por no contar con dirección técnica, una condición obligatoria para operar en el sector. La medida fue adoptada tras un control sistemático del registro de inscripción del establecimiento.
Según detalló el organismo, la empresa Spedrog Caillon S.A.I.C.. se encontraba habilitada como laboratorio de especialidades medicinales e importador y exportador de medicamentos, pero no tenía designado un profesional responsable para ejercer la dirección técnica. Esa situación contraviene lo establecido por la ley que regula la producción, elaboración y comercialización de medicamentos en el país.
Como consecuencia de esa irregularidad, la Anmat resolvió además cancelar nueve certificados de especialidades medicinales que figuraban inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales. Se trata de productos que se encontraban registrados formalmente, aunque declarados como no comercializados, y cuya vigencia quedó sin efecto a partir de la disposición.
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