Algodonera Avellaneda planteó ante el juez que lleva su caso excluir a la entidad financiera del cómputo de las mayorías; la posición de la entidad financiera, que dice que actuó de “buena fe”
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Luego de que el Banco Nación rechazara una propuesta de pago que la firma Algodonera Avellaneda (AASA), ligada a la familia Vicentin, presentó en su concurso, la textil le pidió al juez que tiene su caso que excluya al banco, por considerarlo un “acreedor hostil”, del cómputo de las mayorías necesarias. El BNA tiene más del 80% del pasivo quirografiario. La Justicia tiene que resolver ahora sobre este planteo de la compañía antes de definir un proceso de salvataje o directamente la quiebra.
Héctor Vizcay, abogado representante de la firma en el concurso, con el patrocinio de Diego Feser, fue quien realizó la presentación ante el magistrado Fabián Lorenzini, que entiende en el concurso de Algodonera Avellaneda, empresa que posee 366 empleados y se encuentra en Reconquista, Santa Fe.
Según se detalla en el mismo escrito, el BNA “ostenta un crédito verificado, con carácter quirografario, por las sumas de $1.585.782.428,89 y US$260.791.600,40 representando ello, a los efectos del cómputo de las mayorías, un 80% del pasivo quirografario verificado y/o declarado admisible”.
De acuerdo con la empresa, mejoró su propuesta concursal en tres ocasiones, “garantizando al BNA y al resto de sus acreedores el pago del 100% de los créditos en dólares estadounidenses y en pesos argentinos, en miras a eludir las restricciones normativas para aceptar quitas de capital que expresamente puso de manifiesto la entidad en reiteradas ocasiones”.
“No hay dudas de que mi mandante ha adecuado su propuesta concursal en reiteradas ocasiones únicamente en interés del BNA, no hay otra forma de expresarlo. Véase que ello es tan así que incluso la última mejora de propuesta se efectuó al momento 5 de celebrarse la audiencia informativa el día 08/05/2025, fecha en la que, sin computar al BNA, esta parte ya contaba con las mayorías exigidas por la LCQ. De hecho, la alternativa E fue dirigida directamente al crédito del BNA, expresada con los valores de su propio crédito”, señaló el escrito.
El escrito del abogado remarcó que la firma “no es más que un rehén de una entidad financiera que independientemente de la alternativa que se le presente no va a otorgar su conformidad, pues persigue un interés contrario o más bien paralelo al concursal”.
Hace unos días, el BNA, ante una consulta de este medio, dijo que “el banco concluyó que [la empresa] no cumplió con las condiciones mínimas que permitirían hacer viable la propuesta, visto que no recuperaba el 100% de los créditos desembolsados a las empresas Algodonera Avellaneda y Vicentin que operaban en forma mancomunada”.
Proceso
Ahora, tras conocerse el planteo de la empresa ante la Justicia, desde el banco respondieron: “En el marco del proceso concursal de Algodonera Avellaneda, y luego de que la empresa presentara un pedido para excluir al Banco de la Nación Argentina de la votación vinculada a la propuesta de pago a acreedores, catalogándolo en forma infundada como ‘acreedor hostil’, el juez interviniente resolvió dar trámite al planteo y correr traslado al Banco Nación. Ante esta situación, el Banco Nación en defensa de sus intereses y en salvaguarda de la buena fe que evidenció en el proceso concursal aludido, presentará en tiempo y forma oportuna su respuesta ante el Juzgado, solicitando el rechazo del planteo efectuado por la algodonera, al considerar que la exclusión pretendida resulta improcedente y afecta su derecho de propiedad de raigambre constitucional como acreedor en el marco del concurso”.
Después agregó: “A lo largo de un proceso que se extendió por casi dos años, la entidad participó de todas las audiencias informativas convocadas, analizó las distintas propuestas presentadas y evaluó de manera integral sus implicancias económicas, financieras y jurídicas, en línea con los criterios de responsabilidad y prudencia que deben regir la administración de los recursos públicos. El Banco sostuvo desde el inicio una participación de buena fe, acompañando cada etapa del procedimiento y reafirmando su compromiso con la búsqueda de alternativas sostenibles y ajustadas a derecho”.

En tanto, para la textil, ”la conducta del BNA impide notoriamente la reestructuración del pasivo de AASA y la concreción de la conservación de la empresa, pues desde su posición de acreedor controlante o dominante -pese a los mejores esfuerzos de mi representada- rechazó sistemáticamente todas y cada una de las mejores propuestas que se le presentaron”.
En esta línea, según la firma, si se excluyera el voto del BNA del cómputo de las mayorías exigidas por el artículo 45 de la ley de concursos y quiebras las conformidades ascenderían al siguiente cálculo: 55,17% de las personas y 82,29 % del capital computable ($65.084.175.419,99).
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