Cuánto cobran los caseros en febrero de 2026
La tercera categoría de trabajadores de casas particulares tiene como referencia para este mes los mismos valores de enero
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Los caseros reciben en febrero el valor de referencia del mes previo, cuando impactó el último tramo de la más reciente actualización salarial, conforme a la resolución 3/2025.
De esta manera, en el segundo mes del año, y hasta no concretarse una nueva negociación salarial, se repiten los valores de referencia formalizados en la última resolución oficial donde constan los salarios básicos de cada categoría para todo el territorio nacional.

En febrero, entonces, las cifras para los caseros, que constituyen la tercera categoría de trabajadores y que realizan tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo, son similares a las del mes anterior.
Cuánto cobran los caseros por hora en febrero de 2026
| Categoría | Salarios básicos por hora |
|---|---|
CASEROS | $3494,25 |
Cuánto cobran los caseros por mes en febrero de 2026
| Categoría | Salario mensual |
|---|---|
CASEROS | $441.806,54 |
Cómo se incorpora el bono extraordinario al salario básico de los caseros
El último acuerdo paritario para el servicio doméstico incluía un bono extraordinario que se entregó en noviembre y diciembre.
Esa cifra variaba según la cantidad de horas trabajadas, de acuerdo al siguiente esquema:
- De cero a 12 horas semanales: $6000
- De 12 a 16 horas semanales: $9000
- Más de 16 horas semanales: $14.000
“Dichas sumas serán pagaderas conjuntamente con los salarios de los meses de noviembre y diciembre 2025, adquiriendo carácter remunerativo, incorporándose al salario de acuerdo a las distintas categorías en enero de 2026″, señala normativa oficial.
De esta manera, las empleadas domésticas ya no perciben el bono de manera diferenciada, sino que lo verán incorporado a sus haberes del mes, y reflejado en el total del recibo de sueldo de febrero.

¿Cómo se registran los trabajadores de casas particulares en ARCA?
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Este registro se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.

- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
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