Empleo doméstico: ¿cuánto cobran los caseros en noviembre de 2023?
La última paritaria incluye un incremento del 34 por ciento para el último trimestre del año; este mes, los trabajadores reciben en su sueldo el 12 por ciento del aumento de octubre
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A partir de noviembre de 2023, los caseros con contrato mensual —que pertenecen a la tercera categoría de trabajadores de casas particulares— deben recibir un incremento del 12 por ciento, que corresponde al primer tramo del acuerdo trimestral que va de octubre a diciembre.
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Este último acuerdo paritario indica que los trabajadores del servicio doméstico recibirán en el último trimestre del año un incremento del 34 por ciento respecto de los valores del mes de septiembre. Este ajuste se divide en tres tramos: un 12 por ciento para el mes de octubre, otro 12 por ciento para noviembre y un 10 por ciento para el mes de diciembre.
Para conocer cuánto cobrarán los empleados del servicio doméstico en el penúltimo mes de 2023 es preciso diferenciar entre quienes trabajan por hora o por jornada y quienes lo hacen con un esquema mensual. En el primer caso, verán reflejado en sus haberes de este mes, el incremento de noviembre; mientras que en el segundo caso, el aumento de noviembre se liquidará en diciembre.
Sueldo por hora de los caseros en noviembre 2023
Según la última negociación, en noviembre, publicada en el Boletín Oficial, a los caseros les corresponde cobrar $1414 por hora. Este valor sirve de referencia para los empleadores que deban abonar el salario del servicio doméstico en los casos en los que la persona sea contratada por horas o por jornada durante el mes de noviembre de 2023.

Sueldo mensual de los caseros en noviembre 2023
Aquellos caseros que trabajen con un esquema mensual cobrarán en noviembre $161.494,50 por el trabajo realizado en octubre.
Este monto corresponde únicamente al salario, pero el empleador debe abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Cómo se calcula la antigüedad del servicio doméstico
Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica, se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.

Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.
Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:
- N° de CUIL
- Nombre y apellido
- Fecha de nacimiento
- Domicilio real
- Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
- Si es o no una persona jubilada
- CBU (en caso de ya estar bancarizada)
- Número telefónico
- Correo electrónico
Qué empleados reciben un adicional
En caso de corresponder, a los valores de cada mes se debe anexar el concepto de adicional por zona desfavorable, que corresponde al 30 por ciento del salario.
Esto aplica a las siguientes provincias y localidades:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego
- Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires
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