El gobierno de Misiones defendió el sistema de fotomultas
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POSADAS.- La provincia de Misiones salió a defender su accionar ante el fallo de un juez federal de Paraná que declaró inconstitucional la fotomulta que se le practicó a un turista que en enero circulaba por la ruta nacional 12, en viaje a las Cataratas del Iguazú.
En la resolución, el juez federal Daniel Alonso cuestionó que la policía no haya detenido en algún control de ruta al infractor para explicarle su falta y retenerle la licencia una vez que el radar detectó el exceso de velocidad, ya que de esa forma se materializaría el carácter preventivo del sistema.
El abogado entrerriano Diego Beber Brunner había recibido en su domicilio, días después de volver de sus vacaciones en las Cataratas, una multa por exceso de velocidad de la que se enteraba en ese momento. Eso motivó el recurso de amparo para pedir la inconstitucionalidad de la fotomulta.
Desde el gobierno de Misiones salieron a explicar que el sistema de fotomultas no es "preventivo" sino "punitivo", y que se estableció para penalizar a los infractores que, a sabiendas, cometen una falta y ponen en riesgo la seguridad vial. Además, adelantaron que, cuando sea notificada la sentencia, la apelará.
"El sistema preventivo, para el gobierno provincial, es la etapa donde se concientiza; cuando ya se constató la infracción, ya no se habla de sistema preventivo, sino punitivo. La multa es una consecuencia jurídica a una persona que infringió una norma", explicó a La Nación, el director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno de Misiones, Pedro Duarte.
"La prevención se da con los trabajos de concientización, educación vial, folletos, capacitaciones, charlas en escuelas. Eso es prevención. Pero si el titular de una licencia de conducir, adulto, con plenas facultades de discernimiento, de todas manera conduce con exceso de velocidad como en este caso del señor Brunner, ¿qué es lo que estamos cuestionando acá?", se preguntó el funcionario.
Amplio margen
Duarte destacó que la falta de Brunner nunca estuvo en tela de juicio y que además excedió el límite por amplio margen: "Donde había una máxima de 60 km/h el señor Brunner circulaba a 108 km/h, porque el sistema tiene cierta discrecionalidad para eximir de la pena si se pasa muy poco del límite".
"Lo mismo pasa con los controles de alcoholemia: si advierto con un cartel 'cuidado que a cinco cuadras hay un control de alcoholemia' le estoy ayudando a incumplir o evadir la norma de tránsito, porque el infractor va a buscar la forma de evadir ese control. Con las infracciones por velocidad para lo mismo", dijo Duarte.

El fallo que cuestionó el accionar de la provincia se conoció días atrás. "En momento alguno se detuvo la marcha del vehículo presuntamente en infracción, no se identificó al conductor, ni tampoco se le retuvo la licencia de conducir", señaló el juez en uno de los considerandos.
"¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando supuestamente en infracción?", también señaló.
Otro cuestionamiento que realizó el juez federal en su fallo es que la multa se envía al titular del vehículo sin constatar quién fue el que, efectivamente, infringió la norma.
Duarte explicó que la ley nacional de tránsito se fue reformando a partir de la irrupción de la tecnología en los controles y en su artículo 76 habilitó a enviar la multa al titular del dominio del automóvil.
"El artículo 70 está redactado desde los orígenes de la ley de tránsito, que se fue modificando a medida que apareció la tecnología. Ahí apareció el articulo 75 con la figura del presunto infractor, que dice que si no se puede identificar, se presume como responsable al titular del dominio", señaló.
Leyes duras
Duarte explicó que la ley nacional habilita a las provincias a ser más "duras" con sus normas de tránsito y, en el caso de Misiones, las normas se tornaron más exigentes. "Es porque trístemente lideramos el ranking de siniestralidad vial con resultados fatales en proporción territorio/densidad poblacional".
Por ejemplo, en Posadas rige la regla de "alcohol cero" desde el año 2016. Es decir, el que toma apenas una copa de vino en un asado o comparte un brindis, ya no está habilitado para conducir. También en la capital misionera se observan normas muy rígidas en cuanto al uso de cascos, por caso, y los agentes de tránsito suelen hacer infracciones incluso al conductor que lleva el casco si lo lleva mal abrochado.
El año pasado se conocieron tres fallos históricos de la Justicia local en los cuales se dictó penas de prisión efectiva a conductores que, conduciendo bajo los efectos del alcohol, tuvieron accidentes que derivaron en muertes.
Uno de los más conocidos fue el caso de Rocío Santa Cruz, una abogada ex Miss Argentina que en noviembre pasado recibió cuatro años de prisión por arrollar una madrugada de 2016 a un agente de tránsito y seguir hasta su casa sin prestarle asistencia. La pena se cumplirá cuando la condena quede firme.
Otro fallo resonante fue el de Cristóbal Barboa, intendente del pueblo de Arroyo del Medio, que en 2016 chocó con un remisero que murió en el acto. Barboza venía alcoholizado y conduciendo la flamante pick up del municipio. Fue destituido a la semana y el año pasado le dictaron cinco años de prisión que cumple en el Penal Uno de Loreto.
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