Propiedad vs. ciudadanía: el “vacío legal” que existe por el choque de dos leyes que preocupa a los cubanos
El poder legislativo de la isla del Caribe hizo públicos dos proyectos de extranjería y migración; los analistas consideran que la redacción es confusa y no aclara qué derechos se pierden
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Hace unos días, la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba (ANPP) dio a conocer dos proyectos de ley: uno de extranjería y otro de migración, que, entre otras cuestiones, exponen temas como la conservación del patrimonio o una propiedad y la garantía de la herencia de bienes. Sin embargo, un “vacío legal” causa confusión y preocupa a los cubanos que residen en el extranjero.
De aprobarse, la ley de Migración eliminaría el periodo de estancia en el exterior de 24 meses, así como la designación de “migrante” que se determina a partir de que un nacional superara ese plazo de tiempo fuera de la isla. Además, el proyecto establece que, aunque los cubanos “residan en el extranjero por más de 24 meses, pueden conservar las propiedades heredadas”.

El “vacío legal” que preocupa a los cubanos en el extranjero
De acuerdo con El Toque Jurídico, los proyectos de ley no aseguran que las personas que salgan del país no pierdan sus propiedades, sin importar cuanto tiempo permanezcan fuera de Cuba. Las disposiciones relativas a la pérdida de los bienes inmuebles o de los derechos a heredar están contenidas en normas diferentes a la futura ley de migración.
El medio explica que la norma que regula la incapacidad de los emigrados para heredar propiedades en la isla, por “salida definitiva del país” es el Código Civil, específicamente, el artículo 370, y ninguna parte del proyecto que se dio a conocer por la ANPP dispone modificaciones en referencia con las legislaciones. “Por ende, si el proyecto se aprueba en la forma publicada, la prohibición de heredar vigente permanecería”, señalan.
También se debe tomar en cuenta que la Ley General de la Vivienda es la que establece, en el artículo 81, que los inmuebles propiedad de una persona que haya “salido definitivamente del país” serán confiscados por el estado, con la intención de poder transmitir la propiedad a las personas que tienen derecho a ello. Como en el caso anterior, el proyecto no menciona ninguna derogación del artículo.

Eloy Viera Cañive, abogado cubano y colaborador del sitio de noticias de Cuba, precisó al respecto: “El hecho de haber eliminado el término de 24 meses no quiere decir que la política migratoria del régimen cubano haya cambiado”. “Habrá que esperar a la reglamentación futura o a las modificaciones de otras normativas para tener claro hasta dónde llegará esa limitación”, agregó.
Las categorías migratorias podrían ser la clave
El borrador de la nueva ley de migración establece que los ciudadanos cubanos tienen dos categorías migratorias. La primera es la de residente en el territorio nacional, que posee dos subcategorías: residente efectivo (cuando adquieren la ciudadanía o mediante un cambio de categoría migratoria), residente transitorio (que se encuentran en el país para obtener la Residencia Efectiva Migratoria).
Mientras que la categoría migratoria de residente en el exterior comprende tres subcategorías: residente en el exterior (sin residencia en la Isla), emigrados e inversores y de negocios.

El Nuevo Herald señala que la propuesta aclara que solo los cubanos clasificados por las autoridades migratorias como residentes permanentes en la isla tendrán plenos derechos de ciudadanía y “disfrutan de los derechos y garantías que establece la Constitución... y demás disposiciones normativas”.
No obstante, no existen afirmaciones similares en el texto con relación a los cubanos residentes en el exterior en ninguna de las categorías descritas.
Por su parte, el teniente Coronel Roilán Hernández Concepción, jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del Ministerio de Interior (Minint), explicó en una entrevista por televisión, que salvo los ya declarados como “emigrados”, los cubanos residentes en el exterior tendrán 180 días para decidir si regresan al país y “se someten” a las nuevas normas de residencia efectiva o serán considerados residentes en el exterior.
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