Cosmetología en Texas: la ley de licencias de Abbott que pone en riesgo a migrantes desde el 1 de mayo
La nueva norma obligará a presentar documentación migratoria de EE.UU. para obtener o renovar permisos profesionales, lo que afecta a varios rubros laborales
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A partir del 1° de mayo, el estado de Texas aplicará una regulación que obligará a quienes soliciten o renueven licencias laborales a acreditar su permanencia legal en Estados Unidos. La medida, impulsada por el gobernador Greg Abbott, será administrada por la Comisión de Licencias y Regulaciones (TDLR, por sus siglas en inglés).
Nuevos requisitos para licencias laborales en Texas desde mayo
El nuevo esquema introduce un requisito obligatorio para acreditar residencia legal como condición para obtener o mantener una habilitación laboral. Este punto afecta directamente a empleados de salones de belleza, peluquerías y barberías, entre otros rubros laborales.
Según el sitio web del TDLR, las licencias profesionales y comerciales son consideradas beneficios públicos, por lo que su otorgamiento está sujeto a las disposiciones del Título 8 del Código de EE.UU., Sección 1621.
La norma federal establece que, como regla general, las personas que no se encuentren legalmente en el país norteamericano no pueden acceder a beneficios públicos estatales o locales.
En ese marco, Texas ajustó sus procedimientos administrativos para asegurar el cumplimiento de la ley. El resultado es un proceso más estricto, con controles documentales obligatorios antes de emitir cualquier credencial.

Cómo afecta la nueva medida a los trabajadores de cosmetología en Texas
La nueva medida del TDLR impacta de manera directa a los trabajadores de cosmetología al establecer la obligatoriedad de acreditar la presencia legal para obtener o renovar una licencia profesional a partir del 1° de mayo.
Los principales efectos de esta normativa son:
- Exigencia de estatus legal: para que se emita o renueve una credencial, los solicitantes deben presentar documentación que confirme su estatus migratorio, ya que Texas ahora considera estas habilitaciones como un “beneficio público” bajo la ley federal.
- Población en riesgo: se calcula que unas 18.000 licencias vigentes no están asociadas a un número de Seguro Social, por lo que podrían quedar alcanzadas por la nueva regulación.
- Pérdida de empleo e inhabilitación: aquellos trabajadores que no puedan demostrar su estadía legal no podrán renovar sus permisos, lo que resultará en la imposibilidad de trabajar formalmente en actividades reguladas una vez que venzan sus documentos actuales.
- Eliminación de alternativas previas: el cambio normativo eliminó las opciones que antes permitían gestionar licencias profesionales sin contar con un número de Seguro Social y obliga a todos los interesados a ajustarse a los nuevos criterios de verificación.
Quienes no posean un número de Seguro Social deben completar el formulario de “Solicitud de Licencia Ocupacional Alegando no Tener Número de Seguro Social” y presentar pruebas de su presencia legal.

Qué documentos exige Texas para comprobar estatus migratorio en licencias laborales
El TDLR estableció una lista detallada de documentos para que los solicitantes de licencias profesionales demuestren su presencia legal en EE.UU. Existen dos vías principales para la verificación:
Se puede demostrar la estadía legal al presentar un solo documento vigente de la siguiente lista:
- Licencia de conducir o tarjeta de identificación estatal que cumpla con la normativa Real ID.
- Pasaporte estadounidense o tarjeta de pasaporte.
- Tarjeta de residente permanente (green card, formulario I-551).
- Documento de Autorización de Empleo (permiso de trabajo, formulario I-766).
- Certificado de naturalización (formularios N-550 o N-570) o de ciudadanía (formularios N-560 o N-561).
- Visa de inmigrante.
- Formulario I-94 que demuestre admisión legal o permiso de permanencia temporal (parole).
- Formulario I-797 (notificación de acción) que apruebe o conceda estatus de residente o asilo.
- Documento de viaje para refugiados (formulario I-571).
- Licencia para portar armas emitida por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (DPS, por sus siglas en inglés).
- Tarjeta de identificación militar de EE.UU.
Si la persona no cuenta con los permisos, debe presentar dos documentos, uno de cada uno de los siguientes grupos:
- Identificación estatal: una licencia de conducir o identificación emitida por Texas u otros estados autorizados (como Alabama, Florida, Georgia, Arizona, entre otros).
- Comprobante de nacimiento: acta de nacimiento emitida por un estado, territorio de EE.UU. o el Distrito de Columbia, y un documento del gobierno federal que demuestre el nacimiento en el extranjero de un ciudadano estadounidense (como los formularios FS-240, DS-1350 o FS-545).
Todos los permisos deben enviarse como una copia o imagen clara y legible, preferiblemente mediante carga electrónica.
El TDLR advierte que las solicitudes permanecerán pendientes hasta que se proporcione la documentación suficiente y que el incumplimiento puede resultar en la denegación de la licencia.
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