Fin de semana extralargo: a quiénes les corresponde el feriado del jueves 2 de abril
El cuarto mes del año presenta un receso de cuatro jornadas consecutivas; la coincidencia de fechas religiosas y efemérides patrias genera un día de descanso extra para toda la población argentina
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Este año, el inicio de abril presenta un fin de semana extralargo para gran parte de la población. Esta particular configuración del cronograma de feriados resulta de la superposición entre una fecha de conmemoración nacional y una festividad religiosa. Esto puede crear cierta confusión, por lo que muchos se preguntan a quiénes les corresponde el feriado del jueves 2 de abril.

A quiénes corresponde el feriado del jueves 2 de abril
La ley 27399, también conocida como la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos, indica que la celebración del Jueves Santo, que tiene mucha relevancia para los creyentes católicos, es un día no laborable. Esto quiere decir que el empleador determina si los trabajadores se toman el día o si se deben presentar en sus puestos de trabajo.
Sin embargo, este año tiene la particularidad de que el Jueves Santo cae el 2 de abril, fecha que en la Argentina se conmemora el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Esta fecha figura en el calendario oficial como un feriado nacional inamovible, en honor a los combatientes que participaron en el conflicto bélico.

Por lo tanto, esta Semana Santa hay un fin de semana extralargo de cuatro días. El receso queda conformado por el jueves 2 de abril, feriado por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas y Jueves Santo, seguido por el Viernes Santo, también feriado inamovible. Luego, el sábado 4 de abril y el domingo 5 de abril completan los cuatro días de descanso consecutivo.
¿Qué sucede si trabajo durante este fin de semana extralargo?
Según la Ley de Contrato de Trabajo, en los feriados nacionales rigen las normas legales aplicables al descanso dominical. Por lo tanto, si el empleador requiere que el trabajador preste servicios durante el jueves 2 o el viernes 3, la liquidación salarial correspondiente exige el pago doble de la jornada habitual.
¿Cuáles son los feriados que quedan en 2026?
Abril
- Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable).
- Viernes 3 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible).

Mayo
- Viernes 1° de mayo: Día del Trabajo (feriado inamovible).
- Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
- Lunes 15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable del 17 de junio).
- Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
- Jueves 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible).
- Viernes 10 de julio: día no laborable con fines turísticos.
Agosto
- Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).
Octubre
- Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Noviembre
- Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable del 20 de noviembre).
Diciembre
- Lunes 7 de diciembre: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
- Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.











