De cuánto es la multa por no ir a votar en las elecciones de Buenos Aires 2025
La Ley Electoral Provincial establece los montos para quienes se hayan ausentado de la votación sin un justificativo comprobable; a continuación, todo lo que se necesita saber
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Este domingo 7 de septiembre fueron las elecciones de la provincia de Buenos Aires, por las cuales los bonaerenses eligieron a sus representantes en el Poder Legislativo local. En el distrito es obligatorio el voto, por lo tanto, quienes no se hayan presentado en el acto electoral serán sancionados. En ese sentido, surge la duda sobre el valor de la multa por no ir a votar en esta ocasión.
¿De cuánto es la multa por no votar en las elecciones de Buenos Aires 2025?
La Ley Electoral Provincial N° 5109 establece las sanciones para quienes no cumplan con el deber cívico de votar. Según el artículo 137 de dicha normativa, “se impondrá multa de $50 a $500 a los electores mayores de 18 años y menores de setenta 70 años que dejaren de emitir su voto y no se justificare ante la Junta Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”.
Es importante destacar que, una vez finalizado el escrutinio definitivo, la Junta Electoral tiene la potestad de pasar a los síndicos fiscales la nómina de los infractores para que inicien las acciones correspondientes. Además, la normativa detalla que “las multas que por esta ley se establecen, serán destinadas al fomento de la educación común en los respectivos distritos”, lo que implica que los fondos recaudados tienen un fin social.
¿Quiénes están obligados a votar y qué sucede si no lo hacen?
Todos los electores de la provincia de Buenos Aires que figuren en el padrón electoral tienen la obligación de asistir a las urnas. El gobierno provincial, a través de su sitio oficial, advierte que “si estás obligado/a a votar y no lo hacés, sin justificación, podés recibir una multa y quedar registrado en el Registro de Infractores al deber de votar”. Este registro es una consecuencia adicional a la sanción económica, lo que subraya la importancia del cumplimiento del deber cívico.
¿Cómo se puede justificar la ausencia en las urnas?
Para evitar la multa y el registro como infractor, los ciudadanos que no puedan votar deben justificar su ausencia mediante un documento que acredite la imposibilidad de sufragar. El gobierno provincial detalla tres razones por las que se puede justificar la ausencia:
- Estar a más de 500 km de tu lugar de votación.
- Tener un problema de salud, el cual debe estar debidamente certificado.
- Presentar un motivo de fuerza mayor comprobable, que impida la asistencia al acto electoral.
La justificación debe ser presentada ante la Junta Electoral dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la elección.
¿Qué se eligió en las elecciones provinciales de Buenos Aires?

Los bonaerenses acudieron a las urnas para elegir a sus representantes en el Poder Legislativo local. Se renovarán 23 senadores provinciales titulares y 15 suplentes, así como 46 diputados provinciales titulares y 28 suplentes. Además de los cargos legislativos provinciales, en distintos distritos electorales de la provincia se definirán los nuevos concejales y consejeros escolares.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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