El crimen de Fernando Báez Sosa. Los escenarios de las posibles penas entre la prisión perpetua y la absolución
Las posiciones antagónicas de la fiscalía/querella y la defensa derivarán en forma inevitable en la apelación de cualquier veredicto
LA NACION
En los últimos diez días, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores tuvo en la mesa de debate interno un amplio menú de alternativas para dar un veredicto frente al homicidio de Fernando Báez Sosa. Tanto la fiscalía/querella como la defensa propusieron calificaciones al hecho que derivan, en las escalas dispuestas en el Código Penal, en diferentes escenarios.
Máximo Thomsen, de 23 años; Enzo Comelli, de 22; Matías Benicelli, de 23; Blas Cinalli, de 21; Ayrton Viollaz, de 23; Luciano Pertossi, de 21; Ciro Pertossi, de 22, y Lucas Pertossi, de 23 llegaron a juicio imputados como coautores del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, y el mismo fue sostenido en sus alegatos por los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, y por los abogados Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola, quienes representan los padres de la víctima.
Si los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia hacen lugar a lo planteado por fiscales y particular damnificado y entienden que todos o algunos son coautores del mismo delito, la pena que les cabe es la prisión perpetua. En caso de que el tribunal considere acreditado uno solo de los agravantes, la pena será también de perpetua para aquellos que sean hallados penalmente responsables como coautores.

Esa calificación implicaría, además, que no se pueda pedir un beneficio de salida anticipada hasta pasar un mínimo de 35 años en prisión.
De ese peor escenario para los acusados se pasa al mejor -y menos factible por testimonios y pruebas- que es la absolución reclamada por el abogado Hugo Tomei. Planteó en su alegato ante el tribunal que los ocho imputados sean absueltos ya que existió una “incongruencia” entre la imputación original con la que llegó a juicio y la que la fiscalía propuso en su alegato.
Por otro lado, pidió la nulidad del secuestro de los celulares y prendas de vestir de los imputados al momento de ser detenidos, y dedicó parte de su argumentación a cuestionar distintos procedimientos de la causa y el tratamiento mediático recibido por el hecho. Esa estrategia apunta a aceptar la derrota en primera instancia para impulsar reclamos técnicos cuando se apaguen las luces de las cámaras. El homicidio en riña es la otra alternativa que la defensa consideraría un éxito. Es que tiene una pena de 2 a 6 años de prisión. Y los ocho imputados ya llevan tres años en prisión. Incluso con la aplicación del máximo de la escala los pondría a pasos de pedir alguna salida.

Esa es una opción porque Tomei explicó que, de manera subsidiaria al pedido de absoluciones y en caso de ser condenados, que a sus defendidos se los acuse de un “homicidio en riña”.
Aunque también dejó abierta la posibilidad de aceptar penas de entre 3 y 6 años de prisión por homicidio preterintencional que, de acuerdo al código penal se lo considera al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud de otra persona, produce su muerte, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte.
En ese caso, los acusados también podrían salir de prisión en poco tiempo.
Otra condena que propuso la defensa, en el abanico de alternativas usado para cubrirse de la prisión perpetua, pasa por una escala de 8 a 25 años de prisión. Eso es por un posible homicidio simple con dolo eventual, es decir que los acusados debieron haberse representado que, al estar golpeando de esa manera a Báez Sosa, podrían ocasionarle la muerte y, pese a eso, continuaron con su accionar.
En ese caso todavía podría abrirse mucho más el campo de posibilidades a favor de, al menos, algunos de los acusados. Es que con esa amplia escala de penas posibles, el tribunal podría distribuir responsabilidades individuales y acercar al máximo a algunos de los más comprometidos por las pruebas y los testimonios y disminuir la carga para aquellos que no son colocados por los peritajes y testimonios en la directa acción mortal.
En cambio, para la fiscalía y querella (que no es otra cosa que la voz de los padres de Báez Sosa) todos fueron responsables porque cada acción generó las condiciones para llevar a la muerte a quien, a entender de los acusadores, habían elegido como blanco. Frente a esas posiciones, cualquier veredicto abrirá la puerta a la apelación.
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