La Anmat prohibió la venta de una serie de productos de limpieza y desinfección por falta de registros sanitarios
La medida alcanza a artículos elaborados por una firma santafesina tras una inspección que detectó irregularidades
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición del uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de una serie de productos de limpieza y desinfección elaborados por una empresa de la provincia de Santa Fe, tras detectar incumplimientos vinculados a la falta de registros, rótulos incompletos y ausencia de identificación de lotes y fechas de vencimiento, según una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La medida quedó formalizada a través de la Disposición 9289/2025, a partir de una inspección realizada en el establecimiento de la firma Wohr Rubén Alberto, ubicado en la ciudad de Esperanza, en el marco del trámite de modificación y reinscripción de su autorización de funcionamiento. Durante la verificación, los inspectores constataron la elaboración y tenencia de productos sin contar con los registros sanitarios correspondientes y la existencia de otros cuyos rótulos no coincidían con los aprobados oficialmente.
De acuerdo con lo informado en la normativa, entre los artículos alcanzados por la prohibición total hasta tanto se regularice su situación se encuentran un limpiador multiuso desinfectante, un producto identificado como sulfato de cobre utilizado para el control de algas y hongos en piletas y un removedor de insectos ultraconcentrado, todos ellos sin registro vigente o sin identificación de lote y fecha de elaboración. La resolución también prohibió el uso, la comercialización y la distribución de otros productos cuyos envases presentaban omisiones o diferencias respecto de los rótulos autorizados.
En ese grupo se incluyeron formulaciones de hipoclorito de sodio para el tratamiento del agua de piscinas, alguicidas, reguladores de pH, precipitantes y clarificantes, así como limpiadores cremosos, que carecían de datos obligatorios de registro o de indicaciones completas de uso. Según se desprende del texto oficial, estas deficiencias impiden asegurar la trazabilidad de los productos y el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales fueron evaluados y autorizados.
La disposición señaló que las irregularidades constatadas configuran presuntas infracciones a la normativa sanitaria vigente, al haberse puesto en circulación productos sin cumplir con los requisitos formales exigidos para su identificación, control y seguimiento. En ese marco, la Anmat instruyó un sumario sanitario contra la firma y contra su director técnico, por los incumplimientos detectados durante la inspección.
Equipos médicos sin registro y presuntamente falsificados
En otra resolución publicada en la misma edición del Boletín Oficial, la Anmat dispuso la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el país de distintos equipos médicos detectados sin registro sanitario y, en algunos casos, presuntamente falsificados, tras una inspección realizada en un local de la ciudad de Mar del Plata.
La Disposición 9295/2025 alcanzó a equipos de ultrasonido identificados como “Terasonic – KES” y de magnetoterapia llamados “Teramag – ECK”, que eran fabricados y comercializados sin contar con habilitación nacional ni registros sanitarios, pese a tratarse de dispositivos destinados a tratamientos médicos.
La medida también incluyó dos equipos de depilación láser —Soprano Ice Platinum y Soprano Titanium 5— detectados en el local inspeccionado sin datos de importador responsable en la Argentina ni número de registro, y que, de acuerdo con la información recabada durante la investigación, presentaban características incompatibles con los modelos originales, lo que permitió presumir su falsificación.
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