La Justicia ordena indemnizar a un hombre atacado por un oso en el zoológico de La Plata
La municipalidad deberá pagar el 40% de la compensación a una persona que sufrió heridas; la víctima deberá asumir el resto por su "conducta imprudente"
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LA PLATA.- La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso ayer, por mayoría, penalizar a la Municipalidad platense y la hizo cargo del 40% de la indemnización de un hombre atacado por una osa tibetana en el zoológico de la comuna; en tanto, determinó que la víctima asuma el resto debido a su "conducta imprudente".
El hecho había ocurrido en febrero de 1998 cuando el abogado Fernando Martín Galarce, entonces de 46 años, visitó el zoo platense junto con su familia. Según las crónicas de la época Galarce, oriundo de Boulogne se acercó hasta la jaula de Telly, una osa de unos 200 kilogramos, que llevaba más de 20 años de cautiverio y, cuando el hombre intentó acercarle una fruta el animal lanzó un zarpazo que le arrancó el dedo meñique y parte del anular. Galarce inició un juicio en busca de un resarcimiento por lo ocurrido.
El informe médico del Hospital San Martín, al que el hombre fue trasladado de urgencia, indicó que la osa le desgarró a Galarce el dorso de la mano y parte del antebrazo y le causó la pérdida del dedo índice, en tanto que debieron reconstituirle músculos y tendones del anular.
Los jueces caracterizaron a la osa como un animal "feroz y esencialmente peligroso" y concluyeron que "no resultaron suficientes las medidas precautorias adoptadas" por las autoridades del zoo. Además, consideraron que "ser titular o servirse de un animal doméstico, domesticado o feroz crea una situación de peligro, porque se trata de una cosa animada que en muchas oportunidades no puede ser controlada. Esa imposibilidad de vigilancia y autoridad sobre el animal crea un riesgo, lo que conduce a proteger a los damnificados por el hecho que aquél produzca".
Asimismo, con el voto mayoritario de los magistrados Eduardo de Lázzari, Hécto Negri, Hilda Kogan y Luis Genoud, la Corte también evaluó el comportamiento del propio demandante y al respecto señaló: "con su conducta imprudente de acercarse al animal para darle alimento ha contribuido notablemente a la provocación del daño", motivo por el cual atribuyo a dicha actitud una incidencia causal del sesenta por ciento.
"Una elemental regla de prudencia llama a mantenerse alejado de este tipo de animales, más allá de la existencia o no de carteles que adviertan de lo que es obvio", se recalcó en la sentencia.
Así. se atribuyó a la conducta del demandante "una incidencia causal del 60%" en los daños sufridos. Y dispuso que el caso vuelva a ser tratado en el tribunal de origen, que deberá determinar la indemnización que corresponda, haciendo cargo a la municipalidad por el 40% del monto que se establezca.
Los magistrados Juan Carlos Hitters y Julio Pettigiani consideraron, en disidencia con la mayoría de sus pares, que en el caso "no quedan dudas de que la culpa de la víctima opera como eximente", de responsabilidad por los daños ocasionados.
Desde el zoológico local se informó que la osa Telly falleció hace tre años y que ya no quedan ejemplares de osos tibetanos, una especie considerada en vías de extinción cuyo hábitat natural son las montañas del Himalaya, en Nepal.
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