A través de una resolución de Agricultura se fijaron los requisitos hasta 2030 y 2029, respectivamente; se incorporaron mejoras para la asignación
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Con nuevos parámetros y en un paso clave para el sector exportador argentino de carnes, el Gobierno oficializó la normativa que establece el régimen jurídico para la asignación y gestión del contingente arancelario de carne bovina deshuesada, fresca y refrigerada de alta calidad concedido por la Unión Europea (UE) y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a la Argentina, conocido en conjunto como “Cuota Hilton”. Además se suma la aprobación de un contingente arancelario de 700 toneladas anuales de delgados congelados (entraña fina) y otro de 200 toneladas anuales de carne de búfalo deshuesada (fresca, refrigerada o congelada). Según el año, la Hilton suele ser un negocio de más de US$300 millones.
Publicada en el Boletín Oficial, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, en la resolución 242/2025 además de aprobar formalmente las normas generales para administrar la exportación de este contingente se establece un horizonte de cuatro ciclos comerciales para el régimen jurídico consolidado.
La necesidad de establecer estas nuevas reglas, dijeron, surge debido a la caducidad de los regímenes jurídicos anteriores: específicamente, el régimen instituido por la resolución 274/23 para la Cuota Hilton se extingue al concluir el actual ciclo de exportación 2025/2026. El volumen total de esta cuota se compone de las asignaciones realizadas por la UE, con 29.389 toneladas y el Reino Unido e Irlanda del Norte con 111 toneladas de carne bovina enfriadas deshuesadas de calidad superior.

Según la legislación en vigor, los parámetros que regirán la asignación y gestión de este contingente “serán de aplicación para los ciclos comerciales comprendidos entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2030”, lo que da previsibilidad al sector por un período extenso de exportación.
Vale recordar que esta cuota, establecida en acuerdos multilaterales de los años 70, es administrada por los países que la reciben, y la Argentina figura entre los actores más relevantes.
Uno de los pilares fundamentales del nuevo régimen es mantener la previsibilidad de los negocios. El criterio distributivo central que ha sido adoptado, según se indica en la resolución, es la “past-performance exportadora de cada postulante a la cuota”. Este enfoque busca estimular las exportaciones de cortes vacunos de mayor valor agregado, alineándose con la estrategia comercial argentina de posicionamiento como proveedor regular y confiable de carnes vacunas de alta calidad.
La experiencia previa, indicaron, respalda la eficacia de este criterio: para el ciclo 2024/2025, la Cuota Hilton se ejecutó en un 100%, mientras que en los años anteriores la ejecución superó el 92%. La cuota queda, según el Anexo I, hasta un 90% para Industria, hasta un 10% para Proyectos Conjuntos y se limita la participación de Grupos Económicos a un máximo del 15%.
Aunque se sostienen los lineamientos adoptados en ciclos anteriores, se ajustan algunas cláusulas: las modificaciones se refieren principalmente al método del cálculo de asignación y a las asignaciones máximas y mínimas por participante. Además, se simplifican las categorías de participantes y las condiciones para la tramitación de los certificados de autenticidad y/o exportación.
En detalle, en los criterios de asignación pondera exportaciones de los últimos tres años (50%-30%-20%), la fórmula combina exportaciones totales y exportaciones específicamente a UE/Reino Unido (70%-30%), con mínimos de 50 toneladas para la Industria y 20 toneladas para Proyectos Conjuntos. El Fondo de Libre Disponibilidad se integra con renuncias, quitas y penalidades y solo acceden quienes ya cumplieron su cuota. En cuanto a controles y penalidades habrá una quita automática para quien no certifique el 60% al 1° de febrero y pierde la diferencia. No se pueden transferir cuotas ni certificados.
La resolución también avanzó en la modernización de los procedimientos: se establece que, para todos los trámites administrativos, estos se realizarán de manera online a través de las plataformas Trámites a Distancia (TAD) y del Sistema de Administración de Cuotas de Exportación (SACE). Como resultado de esta digitalización y simplificación, se derogaron resoluciones previas que habían establecido formularios de solicitud de certificados que actualmente están en desuso.
La normativa también aprobó los modelos de los Certificados de Autenticidad y Exportación necesarios para que el uso del contingente se haga efectivo en un período determinado, siendo responsabilidad de la Autoridad de Aplicación del país proveedor emitir estos certificados asegurando los requisitos exigidos por la legislación de la contraparte comercial.
Estados Unidos
La resolución 242/2025 no se limita a la Cuota Hilton, sino que consolida en un único cuerpo normativo la gestión de otros contingentes. Entre ellos, se aprobó regímenes jurídicos específicos para el contingente arancelario de carne bovina deshuesada, enfriada o congelada, concedido por los Estados Unidos (Anexo II), aplicable de 2026 a 2029, donde del cupo total de las 20.000 toneladas: el 95% para Industria (frigoríficos habilitados por Senasa para exportar a EE.UU.) y 5% para Proyectos Conjuntos (productores + frigoríficos). La asignación del cupo está basada en antecedentes de exportación de los últimos tres años, ponderados 50%-30%-20% y el límite máximo es 15% por empresa o grupo económico. Estados Unidos suele representar un negocio de casi US$200 millones.En el Anexo III, se suma un contingente arancelario de 200 toneladas anuales de carne de búfalo deshuesada (fresca, refrigerada o congelada) concedido por la UE; la distribución se realiza bajo el criterio “primero llegado, primero servido”, según orden de presentación de solicitudes y accede cualquier exportador argentino con plantas habilitadas para exportar carne bovina a la UE e inscriptos. En cuanto al contingente arancelario de 700 toneladas anuales de delgados congelados (entraña fina), concedido por la UE (Anexo IV), el cupo se distribuye también bajo el sistema “primero llegado, primero servido” y se accede con los mismos requisitos a ese destino.En el Anexo V, se habla de la “Cuota 481”, con un cupo de 10.000 toneladas anuales de carne vacuna de alta calidad de engorde a corral abierta por la UE. Se administra en cuatro subcontingentes trimestrales, bajo supervisión directa de la UE y la Argentina se encarga de emitir los Certificados de Autenticidad, con los mismos requisitos. Las exportaciones deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, siempre que cada cupo trimestral no se encuentre agotado. En el Anexo VI, la denominada “Cuota Ovina” regula la distribución y gestión de los cupos de exportación de carne ovina y caprina que la Unión Europea (19.090 toneladas) y el Reino Unido (3910 toneladas). En ambos casos, la asignación se realiza bajo el criterio internacional “primero llegado, primero servido”, y está dirigida a exportadores legalmente constituidos en el país. Abarca carne de cordero, cabrito, ovino y caprino, con y sin hueso, incluidos canales. Las exportaciones deben concretarse del 1 de enero al 31 de diciembre y los cupos son intransferibles, ya sea entre empresas o entre ciclos comerciales.
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