Cuánto cobran los empleados de cadenas de comidas rápidas en abril de 2026
El sector recibe una actualización salarial con la entrega de sumas fijas; cuánto cobra cada categoría en el cuarto mes del año
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Los empleados que realizan su traea en locales de comidas rápidas reciben en abril una actualización salarial, producto del más reciente acuerdo paritario para los trabajadores del sector.

Se trata de una negociación que incluye incrementos salariales, en las distintas categorías, para los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio, de acuerdo a la grilla establecida en el Convenio Colectivo de Trabajo 329/2000.
Estos incrementos abarcan a todas las empresas que ofrecen servicios de comidas rápidas bajo las distintas cadenas que cuentan con sucursales en todo el territorio nacional.
Cuánto cobran los empleados de cadenas de comidas rápidas en abril de 2026
| Categoría | Básico mensual | Suma fija | Asignaciones no remunerativas |
|---|---|---|---|
Empleado Principiante | $ 983.337 | $ 50.000 | $ 18.683 |
Empleado A | $ 1.046.681 | $ 50.000 | $ 19.887 |
Empleado B | $ 1.092.695 | $ 50.000 | $ 20.761 |
Líder A | $ 1.249.347 | $ 55.000 | $ 23.738 |
Líder B | $ 1.462.895 | $ 55.000 | $ 27.795 |
Cajero | $ 1.159.429 | $ 50.000 | $ 22.029 |
Encargado | $ 1.502.431 | $ 55.000 | $ 28.546 |
Cocinero | $ 1.693.488 | $ 55.000 | $ 32.176 |
Peón Limpieza | $ 1.035.526 | $ 50.000 | $ 19.675 |
En todos los casos a los salarios básicos de los empleados se adicionan sumas fijas, que varían de acuerdo al mes. En el cuarto mes del año esta suma es de $50.000, en mayo será de $60.000 y en junio de $70.000.
A su vez, se considera el concepto premio a la concurrencia efectiva, lo que implica que “los trabajadores que en un mes calendario hayan concurrido efectivamente todos los días en que de acuerdo con su contrato de trabajo debieran prestar servicios y hayan cumplido el total de las jornadas diarias asignadas, tendrán derecho a cobrar un premio igual al 14% de la remuneración nominal bruta que hayan percibido en tal período mensual. Sólo se considerarán justificadas a los fines de este premio las ausencias correspondientes por licencia anual ordinaria", indica el acuerdo.
El acuerdo salarial fue celebrado entre la Federación de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros y la Cámara Argentina de Establecimientos de Servicios Rápidos de Expendio de Emparedados y Afines.
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