La regla impuesta por una jueza para que Donald Trump continúe su plan de deportaciones masivas
Charlotte Sweeney, del Distrito de Colorado, tomó el caso de dos venezolanos para ordenar la forma en la cual el gobierno federal puede utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros para expulsar a detenidos en su territorio
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En un fallo que marca un precedente judicial, la jueza federal Charlotte N. Sweeney, del Distrito de Colorado, ordenó al gobierno de Donald Trump modificar su estrategia de deportaciones bajo la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798. La decisión, emitida este martes 22 de abril, exige que las autoridades migratorias notifiquen con 21 días de antelación a los detenidos sujetos a expulsión, lo que garantizaría su derecho a impugnar legalmente su extracción.
El contexto legal del fallo judicial de Charlotte Sweeney: una ley de 1798 en el centro de la polémica
El 14 de marzo de 2025, Trump invocó la Ley de Extranjeros Enemigos, una norma creada en el siglo XVIII para deportar ciudadanos de países enfrentados durante guerras, al argumentar que el Tren de Aragua representaba una “invasión predatoria” a Estados Unidos. La proclamación facultaba al Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) a detener y expulsar sin juicio previo a presuntos miembros de esa banda delictiva venezolana.

Sin embargo, la jueza Sweeney cuestionó en su fallo la base legal de esta decisión:
- Definición de “invasión”: el fallo señala que la ley históricamente se aplicaba en contextos bélicos, no contra grupos criminales. Con citas a diccionarios de 1773 y 1828, la corte destacó que el término alude a acciones militares, no migratorias.
- Falta de vínculo con un gobierno extranjero: la proclamación no prueba que el Tren de Aragua actúe como un Estado, sino que lo asocia “clandestinamente” al régimen de Nicolás Maduro.
- Notificaciones insuficientes: los detenidos recibían avisos solo en inglés, sin claridad sobre su derecho a apelar.
Los casos que impulsaron el fallo de Colorado contra el gobierno de Trump por las deportaciones
La medida surge como respuesta a una demanda presentada por dos ciudadanos venezolanos, identificados como D.B.U. y R.M.M., quienes alegaban riesgo de ser deportados sin debido proceso bajo una proclamación presidencial que clasifica al grupo criminal Tren de Aragua como organización terrorista.
Los demandantes, detenidos en Colorado, enfrentaban deportación bajo acusaciones de vínculos con el Tren de Aragua:
- D.B.U.: se identificó como un migrante venezolano arrestado en enero de 2025 durante una fiesta que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) vinculó a la banda. Aunque no tenía antecedentes, un juez de inmigración sugirió que podía ser reclasificado como “enemigo extranjero”.
- R.M.M.: padre de dos niños, huyó de Venezuela tras el asesinato de familiares por el Tren de Aragua. El ICE lo arrestó en marzo bajo sospechas de asociación con la organización, pese a que buscaba asilo por persecución.

Qué plazos y garantías les otorga el fallo a los migrantes detenidos
La jueza Sweeney impuso reglas estrictas a la administración Trump para continuar con su plan de deportaciones masivas bajo la Ley de Enemigos Extranjeros:
- Prohibición de traslados: ni los demandantes ni los miembros de su clase certificada provisionalmente podrán ser sacados de Colorado sin autorización judicial.
- Notificación ampliada: se debe hacer 21 días antes de la deportación, en un idioma que el detenido comprenda y con una explicación clara de su derecho a revisión judicial y acceso a abogados.
- Audiencia próxima: las partes debatirán una posible orden preliminar el 25 de abril, donde el gobierno podría objetar los requisitos de notificación.
El fallo representa un revés para el plan de deportaciones exprés de Trump, pero no lo anula, ya que el gobierno puede seguir con las expulsiones de migrantes bajo leyes migratorias tradicionales, como la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).
Por otro lado, la jueza evitó pronunciarse sobre si la proclamación viola tratados humanitarios, aunque subrayó que las deportaciones sin garantías judiciales son inconstitucionales.
Al citar a la Corte Suprema, Sweeney recordó que “incluso en contextos de seguridad nacional, el debido proceso exige oportunidades significativas para impugnar la deportación”.
¿Qué sigue para el gobierno de Trump luego de este fallo judicial?
A pesar de la existencia del fallo, aún falta la respuesta de la Casa Blanca, ya que el Departamento de Justicia podría apelar y alegar que la orden obstruye la lucha contra el crimen organizado. No obstante, en caso de que se ratifique el fallo, podría convertirse en una protección judicial que se extendería a todos los detenidos en Colorado bajo la proclamación.
Mientras tanto, la decisión refuerza un principio clave: ni siquiera en nombre de la seguridad nacional puede ignorarse el derecho a defenderse. Como escribió la jueza, “un proceso que es solo un gesto, no es debido proceso”.
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