Estos son los migrantes que no deberán pagar por sus trámites en 2025
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos beneficiará a grupos específicos de migrantes por razones humanitarias y de protección durante el año entrante
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), que financia casi la totalidad de sus operaciones mediante tarifas, anunció cambios en su estructura de costos y se mantendrán en 2025. Entre sus novedades, los usuarios se encontrarán con exenciones para ciertos trámites migratorios.
Las modificaciones tienen como objetivo aliviar las cargas económicas para migrantes en situaciones humanitarias o especiales. Las actualizaciones también buscan facilitar el acceso a servicios esenciales para quienes enfrentan vulnerabilidades significativas.

¿Quiénes podrán acceder a las exenciones para trámites de Uscis?
En 2025, los siguientes grupos de migrantes no tendrán que pagar tarifas para varios trámites:
1. Víctimas de trata de personas (estatus T)
Los migrantes con estatus de no inmigrante T, que incluye a víctimas de trata de personas, están exentos de las tarifas asociadas con estos formularios:
- Formulario I-914 y sus suplementos (A y B).
- Formulario I-131: solicitud de documento de viaje.
- Formulario I-485: ajuste de estatus a residente permanente legal.
- Otros formularios relacionados, como el I-765 (solicitudes de permiso de trabajo) y el I-601 (exención de inadmisibilidad).
2. Víctimas de crímenes calificados (estatus U)
Los no inmigrantes U, categoría que incluye víctimas de crímenes graves, también están exentos de tarifas en trámites como:
- Formulario I-918: petición para estatus U.
- Formulario I-485: ajuste de estatus.
- Formulario I-765: solicitud de autorización de empleo.
- Otros trámites como el I-929 para familiares derivados.
3. Autopeticionarios bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)
Migrantes que presenten autopeticiones bajo la Ley de Violencia contra la Mujer están exentos de pagar tarifas para:
- Formulario I-360: petición de inmigrante especial.
- Formulario I-485 y documentos asociados.
- Formulario I-131 y Formulario I-765.

4. Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)
Los menores que califican como Jóvenes Inmigrantes Especiales están exentos de tarifas en:
- Formulario I-360: petición de inmigrante especial.
- Formulario I-485: ajuste de estatus.
- Formulario I-765: solicitud de empleo.
5. Refugiados y asilados
Los refugiados y asilados están exentos en los trámites relacionados con su estatus, estos incluyen:
- Formulario I-131: documento de viaje para refugiados.
- Formulario I-765: autorización de empleo.
- Formulario I-485: ajuste de estatus.
6. Miembros actuales y exmiembros del servicio militar
Aquellos que sirvieron honorablemente en las Fuerzas Armadas de EE.UU. tienen exenciones en formularios como:
- Formulario I-360: petición de inmigrante especial.
- Formulario I-485: ajuste de estatus.
- Formulario N-400: solicitud de naturalización.
7. Cónyuges e hijos maltratados que buscan beneficios bajo la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda Centroamericana (NACARA)
Este grupo estará exento de las tarifas como:
- Formulario I-765: autorización de empleo.
- Formulario I-881: solicitud de suspensión, de deportación o cancelación de remoción por regla especial.
- Solicitud de Suspensión de Remoción o Cancelación de Remoción por Regla Especial (de conformidad con la Sección 203 de la Ley Pública 105-100 (NACARA)) y formularios asociados.

Razones detrás de estas exenciones del Uscis
El Uscis justifica estas medidas por razones humanitarias y para garantizar que los migrantes en situaciones vulnerables tengan acceso a los beneficios que requieren. Estas exenciones también reconocen las contribuciones de ciertos grupos, como los traductores afganos e iraquíes que apoyaron al gobierno estadounidense.
Las tarifas recaudadas por la agencia del gobierno representan el 96% de su presupuesto operativo, según especifican en su sitio web, lo que hace que estas exenciones tengan un impacto limitado en sus finanzas generales.
La implementación de estas exenciones permitirá a miles de migrantes acceder a servicios esenciales sin incurrir en costos prohibitivos. Por ejemplo, las víctimas de violencia doméstica o trata de personas podrán concentrarse en su recuperación y regularización sin preocuparse por los costos de los trámites.

Cómo solicitar una exención de tarifas de trámites migratorios
Para los trámites exentos, no se requiere presentar un formulario separado como el I-912 (Solicitud de exención de tarifas). El Uscis identificará automáticamente si el solicitante califica según la categoría correspondiente.
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