Qué se sabe sobre la reforma laboral de Milei, hoy jueves 11 de diciembre
Recién llegado de Europa, el Presidente firmó el proyecto que enviará al Congreso; los detalles detrás de la iniciativa
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Javier Milei firmó el proyecto de la reforma laboral y la remitió al Congreso este jueves 11 de diciembre de 2025, tras un retraso de casi dos días en los que se activaron negociaciones con la CGT para destrabar puntos conflictivos. El texto, impulsado por el Poder Ejecutivo, busca una “modernización” del marco vigente y establece nuevas reglas para indemnizaciones, el derecho de huelga y la recaudación sindical. El proyecto, que consta de 71 hojas y 26 títulos, ingresó formalmente a través del Senado.
La reforma laboral que propone el Gobierno de Milei
El texto que el Gobierno envió al Congreso contiene importantes modificaciones en el ámbito sindical, aunque con concesiones explícitas a la CGT. El trabajo de redacción final, que tuvo la participación del Consejo de Mayo y de negociadores como Martín Menem, Santiago Caputo, y el ministro del Interior, Diego Santilli, decidió excluir del proyecto la intención de eliminar la denominada cuota solidaria, es decir, la contribución que hace el empleado que no está afiliado al sindicato por la actividad gremial. Dejarla fuera del proyecto fue el pedido más fuerte de la CGT que, pese a eso, anunció una movilización para el próximo jueves.

El Gobierno también decidió atenuar otro artículo que preocupaba a los sindicatos, el relativo a la cuota de afiliación. La ley permite a los empleadores ser agentes de retención de esta cuota. Eso se mantendrá igual, pero el proyecto exige que el trabajador preste conformidad para el descuento.
El texto oficial, al que accedió LA NACION, legisla en el Capítulo IV sobre el patrimonio de las asociaciones sindicales. Respecto a la cuota de afiliación, el artículo 137 establece: “Los empleadores podrán actuar como agentes de retención de los importes que, en concepto de cuotas de afiliación, deban abonar los trabajadores afiliados a asociaciones sindicales con personería gremial, siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes. A su vez, deberá contar con resolución de la Secretaría de Trabajo que lo autorice”.
De esta manera, los sindicatos mantienen el control de sus cajas. Los borradores oficiales que circularon el fin de semana habían amenazado este control. El tono de la letra fina sobre los aspectos sindicales generó internas dentro de la gestión. El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, fue el principal impulsor de realizar una avanzada más dura contra el sector que terminó por primar, el de Santiago Caputo, Martín Menem y Santilli. Este miércoles, Adorni y fuentes en Casa Rosada aseguraron que las reformas sindicales troncales se enviarán en otro proyecto más adelante.
Los cambios en el cálculo de indemnizaciones y la “industria del juicio”
El proyecto establece que, con o sin preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.
La base de cálculo será la mejor remuneración mensual, normal y habitual y debe haber sido devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si el trabajador no alcanzó los doce meses. La regla establece una modificación clave en la definición de remuneración: “Se entiende como remuneración la devengada y pagada en cada mes calendario, por cuanto no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales como el Sueldo Anual Complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual, etcétera”.

El proyecto busca dinamizar los procesos judiciales laborales. El Gobierno critica lo que denomina “la industria del juicio” y se introducen “criterios uniformes” para evaluar las incapacidades laborales. Desde Casa Rosada aseguraron que “este diseño contribuye a reducir el riesgo contingente asociado al cese laboral, desincentiva la litigiosidad y elimina una de las principales barreras a la contratación en sectores intensivos en empleo”.
Regulaciones para el derecho de huelga y actividades esenciales
El texto suma actividades esenciales que requieren un 75% de presentismo y establece actividades trascendentales que exigen un cincuenta por ciento de presentismo. El texto habilita a no pagarles el salario a los trabajadores por el tiempo que participan de asambleas, ya que, según sostienen desde el Gobierno: “deja de estar a disposición del empleador”.
La misma reforma propone que los salarios se puedan abonar en pesos, dólares, o en otra moneda extranjera, conforme a lo que pactaron las partes. Además, la iniciativa oficialista habilita al empleador y al trabajador a acordar un “régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo” que incluye la modalidad conocida como “banco de horas”, que también fue rechazada por los gremios.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA a partir de un artículo firmado por Paula Rossi.








