Pasaporte denegado: la advertencia del IRS para los contribuyentes deudores que planean viajar fuera de EE.UU.
Para evitar o revertir la medida, el contribuyente debe pagar la deuda que fue certificada como grave, llegar a un acuerdo con el servicio de impuestos o demostrar que se cometió un error
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Los estadounidenses que planean viajar fuera del país deben tomar en cuenta que el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) informa al Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) sobre los contribuyentes que tienen deudas tributarias graves. Esto, a su vez, llevaría a la denegación o revocación del pasaporte.
La advertencia del IRS sobre los pasaportes y los contribuyentes deudores
El servicio señala que “el DOS puede denegar la solicitud de pasaporte de un contribuyente o revocar su pasaporte actual”. En el caso de los deudores que están en el extranjero y desean regresar al país, el Departamento puede emitir un documento de validez limitada.

La agencia de impuestos enviará a los contribuyentes un aviso CP508C por correo postal a la última dirección conocida para informar de la certificación de la deuda tributaria como grave ante el Departamento de Estado.
Si el deudor solicita un pasaporte o intenta renovarlo, el DOS le emitirá una carta y mantendrá la solicitud abierta durante 90 días, con el objetivo de que tenga tiempo para:
- Llegar a un acuerdo de pago satisfactorio con el IRS,
- Realizar el pago total de la deuda tributaria, o
- Resolver cualquier problema de certificación errónea
Si finalmente no se llega a un acuerdo en el plazo establecido, la solicitud de pasaporte será denegada y cerrada, y el contribuyente deberá presentar una nueva petición, destaca la agencia de impuestos.
Qué hacer si se tiene un viaje en los próximos meses
Aquellos que tengan una solicitud de pasaporte abierta o pendiente y que planeen viajar al extranjero en los próximos 45 días deben comunicarse con el IRS lo antes posible para resolver su deuda gravemente morosa. Cuando se acelera el trámite, se puede acortar el tiempo de la desertificación de 30 días a entre 14 y 21 días.

El contribuyente también debe proporcionar estos documentos al solicitar un trámite acelerado:
- Comprobante de viaje: puede ser un itinerario de vuelo, una reserva de hotel, un boleto de crucero, un seguro de coche internacional u otro documento que muestre la ubicación, el nombre del viajero y la fecha aproximada de salida.
- Copia de la carta del DOS que deniega la solicitud del pasaporte o lo revoca (fechada dentro de los últimos 90 días; solicitud abierta).
Revocación de la certificación de una deuda tributaria como gravemente morosa
El IRS enviará a los contribuyentes un aviso CP508R, y notificará al DOS, al momento de revocar la certificación, cuando:
- La deuda tributaria se satisface en su totalidad o se vuelve legalmente imposible de exigir,
- La deuda tributaria ya no se encuentra gravemente morosa, o
- La certificación es errónea
La agencia advierte que no cancelará la certificación si el contribuyente paga la deuda por debajo del umbral. También destaca que puede recomendar la revocación del pasaporte si anulo la certificación de un contribuyente porque este prometió pagar y no lo hizo.
“El IRS también puede solicitar al Departamento de Estado que revoque el pasaporte de un contribuyente si existen actividades o intereses en el extranjero que podrían utilizarse para resolver una deuda gravemente morosa, pero el contribuyente no utiliza dichos recursos”, señala el servicio.

¿Qué son las deudas tributarias graves y quiénes no aplican a la regla?
Las deudas tributarias con mora grave son aquellas del orden federales impagas y legalmente exigibles (incluyendo multas e intereses) por un total superior a 64.000 dólares (ajustado anualmente por inflación).
Estas incluyen impuestos a la renta individual en EE.UU., multas por recuperación de fondos fiduciarios, impuestos comerciales por los cuales los contribuyentes son personalmente responsables y otras sanciones civiles.
El IRS explica que no certificará como moroso de una deuda tributaria grave a nadie que:
- Tiene una cuenta que se ha determinado como “actualmente no cobrable” debido a dificultades,
- Tiene una solicitud pendiente con el IRS para un acuerdo de pago a plazos u oferta de compromiso,
- Ha sido identificado como víctima de robo de identidad relacionado con impuestos,
- Está en quiebra,
- Está ubicado dentro de un área de desastre declarada por el gobierno federal, o
- Tiene un ajuste aceptado por el IRS que satisfará completamente su deuda tributaria, y
- Los contribuyentes que presten servicio en una zona de combate designada o participen en una operación de contingencia.
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