Revés para el Gobierno: la Justicia ratificó que se debe ejecutar de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario
Confirmó la decisión que hizo lugar a una cautelar del CIN para que se cumplimenten los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795
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Mientras se desarrolla un nuevo paro docente a nivel nacional y clases públicas frente a la casa del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, la Justicia rechazó la apelación del gobierno nacional y confirmó la medida cautelar para que la administración de Javier Milei cumpla con la actualización de los salarios universitarios y del monto de las becas estudiantiles.
La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, con los votos de los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la decisión que hizo lugar a una cautelar del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) que dispone, puntualmente, el cumplimiento de los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, sancionada por el Congreso el año pasado.
En el último día que le quedaba de plazo para hacerlo, el Gobierno finalmente promulgó en octubre pasado la Ley de Financiamiento Universitario, que lo insta a reforzar fondos y contempla una recomposición salarial desde 2023. Sin embargo, al igual que sucedió con la ley de discapacidad, su aplicación quedó suspendida por el Ejecutivo hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento. Por lo que los rectores decidieron ir a la Justicia para pedir el cumplimiento de la ley.
Los jueces ahora cuestionaron la apelación del Gobierno. Consideraron “poco serios” los agravios del Estado Nacional sobre que la medida cautelar constituiría una sentencia definitiva encubierta. La cautelar se limita únicamente a estos artículos referidos a sueldos y becas por su urgencia, dejando el resto de los temas para la sentencia definitiva.
También rechazaron la supuesta falta de imparcialidad de los jueces, por su condición de docentes. Además, relativizaron el impacto fiscal de la medida. Recordaron que en primera instancia el juez Martín Cormick consideró que representaba un ahorro “poco significativo” para el presupuesto global de gastos de la administración pública. Tomaron como referencia el informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que estimó el impacto en un 0,23% del PBI.

“Una gran noticia. Una decisión extremadamente relevante para la comunidad universitaria del país que valoramos en un contexto delicado como atravesamos. Lo que resta es que el gobierno cumpla con la orden judicial”, dijo a LA NACION Franco Bartolacci, flamante presidente del CIN.
Y agregó: “Hemos sido muy firmes, responsables y serios a lo largo de este tiempo tan complejo para el sistema universitario y científico. Hemos priorizado siempre los caminos institucionales para reclamar los recursos mínimos e indispensables que el sistema requiere para su funcionamiento y hemos extremado todas las acciones para poder encontrar respuestas. Es un fallo judicial muy claro en sus fundamentos, que ratifica las razones que hemos señalado. Se trata de una ley razonable, que no compromete fiscalmente al Estado y resguarda el derecho al acceso a la educación superior. Ahora el Gobierno Nacional debe aportar las respuestas cumpliendo con lo que la ley dispone y la justicia ordeno”.
La Secretaría de Educación no contestó, hasta la publicación de esta nota, a la consulta de este medio.
Qué dice la norma
La Ley de Financiamiento Universitario fue aprobada por el Senado el 22 de agosto pasado y vetada por el Presidente el 11 de septiembre. La Cámara de Diputados y el Senado insistieron con esta ley y dejaron sin efecto el veto. Finalmente fue promulgada en octubre, pero nunca se aplicó. En 2024, Milei ya había vetado una iniciativa similar y esa vez el Congreso no la ratificó.
La ley busca garantizar los fondos para las casas de estudios superiores y encomienda al Poder Ejecutivo actualizar de manera mensual por inflación los gastos salariales y de funcionamiento de las universidades estatales nacionales.
El artículo 5 contempla una recomposición salarial para docentes y no docentes desde diciembre de 2023 hasta la fecha de la sanción de la ley en un porcentaje que no puede ser inferior a la inflación publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Y obliga al Gobierno a convocar a paritarias con una periodicidad que no puede exceder los tres meses.
📊 Compartimos algunos datos para entender cuál es el reclamo y los motivos de la preocupación por la situación que atraviesa el sistema universitario público argentino. pic.twitter.com/UuSgt3VYAp
— CIN (@CINoficial) March 30, 2026
Los salarios docentes son los peores de los últimos 23 años. “Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios acumulan un incremento del 158%, mientras que la inflación acumulada en el mismo período alcanza el 280%. Esto implica una pérdida de poder adquisitivo del orden del 32%. Para tener un orden de magnitud de dicha pérdida en el tiempo, el deterioro sistemático del poder adquisitivo del salario equivale a la pérdida de, aproximadamente, 7,3 salarios mensuales en el período considerado, tomando como base el salario de noviembre de 2023”, detallaron los rectores en un comunicado del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) difundido la semana pasada.
Los gremios suelen ejemplificar con los cargos medios que representan el promedio del sistema. En marzo, de acuerdo a la grilla publicada por la Asociación de Docentes de la UBA (Aduba), un jefe de trabajos prácticos percibió un salario básico de $260.580 con dedicación simple, $521.166 con semiexclusiva y $1.042.333 con dedicación exclusiva. En tanto, un profesor adjunto cobró $303.420 brutos con dedicación simple, $606.847 con semiexclusiva y $1.213.705 con dedicación plena.
El artículo 6 apunta a la actualización automática de las becas estudiantiles también por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según difundieron los rectores,, el presupuesto vigente de las Becas Progresar se redujo un 82% en términos nominales entre 2026 y 2025, lo que ubica al gasto, en términos reales, más de un 95 % por debajo del valor que tenía en 2023.
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