El cambio en un formulario que anunció el Uscis
La entidad migratoria tendrá una nueva forma de notificar la aprobación de una solicitud para los peticionarios de una visa de trabajo
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis por sus siglas en inglés) anunció que habrá cambios en la forma de notificar la aprobación del formulario correspondiente a la categoría de visa L-1. Se les entregarán dos hojas de ratificación, en lugar de una como era antes, con la finalidad de que tengan un documento para avalar su estatus legal dentro de Estados Unidos.
Una vez que el extranjero presente el Formulario I-129S (el pedido de no inmigrante basado en la solicitud general de categoría L), junto con el Formulario I-129 (para los migrantes que entrarán por trabajo), recibirá dos notificaciones. Se le otorgará la de recibido y la de aprobación, en caso de que se le haya aprobado la solicitud. “Los peticionarios ya no recibirán un Formulario I-129S sellado y firmado junto con la aprobación del Formulario I-129. En cambio, se le dará un aviso de aprobación por separado para el Formulario I-129S, que sirve como endoso”, describe el comunicado.

El objetivo es que los extranjeros tengan evidencia de que un oficial de Uscis determinó que son elegibles para el estado L-1, basado en un pedido general L. “También se proporcionará una copia de ese aviso al beneficiario para que la incluya con su visa y/o documentos de admisión”, de acuerdo con la organización gubernamental.
¿Qué es el Formulario I-129S?
Es un documento que se usa “para clasificar a empleados no ciudadanos como empleados no inmigrantes L-1 transferidos dentro de la compañía”, según la página oficial de Uscis. Es un permiso con el que una empresa puede trasladar a ciertos colaboradores de un país extranjero hacia EE.UU., pero solo de nivel ejecutivo, gerencial o personal altamente especializado en un área de interés para la compañía.
Sin embargo, solo se puede solicitar un estatus L-1 si el extranjero ya tiene una categoría L aprobada: “Los peticionarios utilizan este formulario (el I-129S) para presentar una solicitud de parte de un trabajador no inmigrante con el fin de que este ingrese a EE.UU. para trabajar o recibir capacitación como no Inmigrante H1B, H-2A, H-2B, H-3, L-1, O-1, O-2, P-1, P-1S, P-2, P-2S, P-3, P-3S, Q-1 o un trabajador no inmigrante R-1″.

Otras visas de trabajo para EE.UU.
Hay diferentes modalidades en las que una persona puede entrar a hacer actividades laborales a EE.UU. Todo depende del tipo de profesión que tenga y cuál sea el puesto al que aspira:
- Trabajadores temporales no inmigrantes - Son los que solo estarán en el país por un tiempo determinado, con base en un contrato.
- Trabajadores permanentes - Quienes buscan radicar en EE.UU. basándose en un trabajo.
- Estudiantes y visitantes de intercambio - Se les da la visa a las personas que estudiarán un curso académico en alguna institución avalada. Tienen permiso para trabajar en ciertas áreas.
- Visitantes temporales por motivos de negocios - Para los extranjeros que desean entrar a hacer negociaciones o alguna actividad relacionada con sus negocios.
- Empresarios internacionales - Para los inversionistas que demuestren que con su estadía y trabajo en la nación podrían “proveer un beneficio público significativo”.
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