En qué consiste la reforma laboral del gobierno de Javier Milei
La propuesta del Poder Ejecutivo modifica aspectos esenciales de las relaciones de empleo; establece mecanismos alternativos para ceses laborales y nuevas reglas para el descanso anual
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El presidente Javier Milei firmó esta semana el proyecto de reforma laboral, una iniciativa que avanza en el Congreso de la Nación. La propuesta de modernización laboral aborda puntos principales que modifican la Ley de Contrato de Trabajo, impactando desde el cálculo de indemnizaciones hasta el ejercicio del derecho a realizar medidas de fuerza. El Gobierno, con el proyecto de ley de modernización laboral, espera conseguir la media sanción del Senado antes de que finalice el año.
La nueva fórmula indemnizatoria
Se prevé una reducción del cálculo indemnizatorio, ya que se excluyen del conteo final el aguinaldo, las vacaciones, los premios y todo aquello que no integre el salario normal. El cálculo no toma más el salario más alto como referencia, sino un promedio. El proyecto no establece un tope y habilita el pago en cuotas.

El gobierno, con el fin de dar certeza en los juicios laborales, establece un criterio de actualización atado al Índice de Precios al Consumidor (IPC), más un tres por ciento anual.
El Gobierno dispuso la creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) como alternativa a la indemnización tradicional, un fondo se alimentará del tres por ciento del aporte obligatorio de los empleadores.
Jornada laboral y salarios
La iniciativa habilita la creación de un banco de horas mediante convenio colectivo, un mecanismo permite distribuir la jornada laboral y acumular horas. En la jornada laboral, también figura la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de ocho a 12 horas. Se prevé la creación de contratos a tiempo parcial, con menos carga horaria que la jornada legal, y la ley permite el fraccionamiento de las vacaciones.

Los salarios se podrán pagar en pesos o moneda extranjera, pero también en alimentos, especie o viviendas. La iniciativa habilita las negociaciones “dinámicas”, lo que podría condicionar las paritarias.
Restricciones al derecho a huelga
El proyecto amplía la cantidad de actividades consideradas esenciales. Estas actividades deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre el 50% y el 75% en caso de conflicto.
Esta medida fue objetada en la Justicia y se frenó por un amparo de la CGT cuando Milei intentó avanzar mediante un decreto. Abogados laboralistas consideran que esta ampliación afecta el ejercicio del derecho a la huelga y que sería “inconstitucional” porque violaría el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Convenios colectivos y trabajo de plataforma
Se busca eliminar el concepto de ultraactividad. Esto establece que los convenios colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor.

El proyecto pretende la eliminación de la denominada cuota solidaria, la contribución que hace el empleado que no está afiliado al sindicato. Este punto es uno de los más objetados por los gremios porque afecta directamente a su esquema de recaudación.
La iniciativa crea la figura de “repartidor independiente” para el trabajo de plataforma, ya que el Gobierno considera que no se trata de una relación laboral sino de un contrato de servicio independiente.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA a partir de un artículo firmado por Nicolás Balinotti.
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