Proclamación Presidencial 10998: el listado de la CBP que restringe la entrada a EE.UU. a quienes tengan estos pasaportes
La medida afecta a ciudadanos de 20 países distintos designados por la administración Trump con restricción total de ingreso
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En diciembre de 2025, al término de un año cargado de medidas en contra de la inmigración a Estados Unidos, el presidente Donald Trump emitió una proclama que restringe la entrada al país para ciertos extranjeros. La medida ordena a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) prohibir el ingreso a ciudadanos de 20 países distintos, entre los que se incluyó a Irán, Afganistán y Haití.
Los extranjeros a los que la CBP les restringe la entrada a EE.UU.
A lo largo del año pasado, Estados Unidos fue noticia alrededor del mundo por sus operaciones migratorias, a cargo del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (ICE, por sus siglas en inglés). Además, el gobierno también quitó vías legales para ingresar al país, con políticas como la suspensión del proceso de solicitudes de asilo. A fines de 2025, publicó una nueva lista con pasaportes a los que se les restringirá la entrada.

En su sitio web oficial, la CBP compartió la Proclamación Presidencial 10998 mediante la cual se les ordena a las agencias federales impedir totalmente el ingreso a ciudadanos de:
- Afganistán
- Birmania
- Chad
- República del Congo
- Guinea Ecuatorial
- Eritrea
- Haití
- Irán
- Libia
- Somalia
- Sudán
- Yemen
- Burkina Faso
- Laos
- Malí
- Níger
- Sierra Leona
- Sudán del Sur
- Siria
- Personas que viajan con pasaportes expedidos por la Autoridad Palestina
A su vez, la medida incluye una restricción parcial para los extranjeros provenientes de las siguientes naciones:
- Burundí
- Cuba
- Togo
- Turkmenistán (solo inmigrantes)
- Venezuela
- Angola
- Antigua y Barbuda
- Benin
- Costa de marfil
- Dominica
- Gabón
- Gambia
- Malaui
- Mauritania
- Nigeria
- Senegal
- Tanzania
- Tonga
- Zambia
- Zimbabwe
Las excepciones en la restricción de ingreso a EE.UU. de la CBP en 2026
De acuerdo con el documento, la restricción parcial de ingreso incluye a los no inmigrantes de las categorías B1, B2, F, J y M. En ese sentido, la información remarca que se aplica únicamente a los ciudadanos extranjeros de los países designados que estaban fuera de Estados Unidos y no tenían una visa válida emitida el 31 de diciembre de 2025 o antes.

La suspensión total o parcial y la limitación de la entrada no se aplican a quienes cumplan con estas condiciones:
- Residentes permanentes legales de Estados Unidos.
- Personas con doble nacionalidad de un país designado conforme a las secciones 2 y 3 de la proclamación cuando viajan con un pasaporte emitido por una nación no incluida en la lista.
- Nacionales extranjeros que viajen con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 o NATO-6.
- Atletas o miembros de un equipo deportivo, incluidos los entrenadores, las personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y los familiares inmediatos, que viajen para la Copa del Mundo, las Olimpíadas u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado.
- Personas con visas de inmigrante especiales para los empleados del gobierno de Estados Unidos.
- Personas con visas de inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
EE.UU. suspendió la emisión de visas para los países incluidos en el listado entregado a la CBP
Más adelante, el 21 de enero de 2026, el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) suspendió todas las emisiones de visas a solicitantes de visas de inmigrante que sean ciudadanos de los países incluidos en el listado de la Proclamación 10998.
Además de estas naciones, la medida también afecta a extranjeros procedentes de varios países que no están incluidos en la Proclamación.
Según el anuncio, los solicitantes de visa de inmigrante que llegan de los países afectados pueden presentar sus solicitudes y el DOS continuará con la programación de entrevistas, pero no se emitirán nuevos documentos durante la suspensión.
Por otro lado, el comunicado indica que no se han revocado visas de inmigrante como parte de esta política, sino que solo se suspende la emisión de quienes aún no recibieron el documento. Las visas de turista (de no inmigrante) tampoco se ven afectadas, por lo que se podrá continuar con estas peticiones.
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